Impuesto de donaciones en Cataluña 2026Calculadora y simulador gratis, tablas y guía
En Cataluña, las donaciones a hijos, cónyuge y padres formalizadas en escritura pública tributan por una tarifa reducida: el 5 % hasta 200.000 €, el 7 % entre 200.000 y 600.000 € y el 9 % a partir de ahí. No hay bonificación en la cuota. Sin escritura, o para el resto de parientes, se aplica la escala general, del 7 % al 32 %.
Este simulador del impuesto de donaciones en Cataluña aplica la normativa vigente en 2026 y te da un cálculo orientativo de lo que paga quien recibe.
Calculando con la normativa de donaciones vigente de Cataluña.¿Otra comunidad? Cámbiala aquí
¿Qué se dona y a quién?
Manda la comunidad donde vive quien recibe la donación. Si lo donado es un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble.
Dinero, o el valor del bien que se dona.
Más datos de quien recibe
Lo que pagaría quien recibe la donación
2.500,00 €
Un 5 % de lo donado
- Base liquidable
- 50.000,00 €
- Cuota íntegra
- 2.500,00 €
- Coeficiente
- ×1
La tarifa reducida catalana (5 %, 7 % y 9 %) exige que la donación se formalice en escritura pública. Sin escritura, los Grupos I y II tributan por la escala general, del 7 % al 32 %.
Cataluña reduce el 95 % de lo donado a descendientes de hasta 36 años para su primera vivienda habitual, con un máximo de 60.000 € de reducción (120.000 € y sin límite de edad con discapacidad del 65 % o más), con escritura pública, renta de hasta 36.000 € y compra en tres meses. Marca «Es dinero para su primera vivienda habitual» para aplicarla. También las hay para empresa familiar y patrimonios protegidos, que este cálculo no aplica.
Quien dona también puede tener que pagar: en su IRPF tributa la ganancia si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió (con dinero no hay ganancia), y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal corre a cargo de quien recibe. Donar en vida o dejar en herencia: qué sale mejor.
Donaciones de padres a hijos en Cataluña 2026: cuánto se paga
Un hijo de 35 años, sin patrimonio previo ni donaciones anteriores, que recibe dinero de su padre o madre en documento público. Es un cálculo orientativo con la normativa vigente; el de tu caso, con tus bienes y tu parentesco, lo da la calculadora de arriba.
| Importe | Impuesto a pagar | Sobre lo recibido |
|---|---|---|
| 20.000,00 € | 1.000,00 € | 5 % |
| 50.000,00 € | 2.500,00 € | 5 % |
| 100.000,00 € | 5.000,00 € | 5 % |
| 250.000,00 € | 13.500,00 € | 5,4 % |
| 500.000,00 € | 31.000,00 € | 6,2 % |
Tabla del impuesto de donaciones en Cataluña 2026
Esta es la tarifa que el simulador de arriba aplica a la base liquidable, es decir, a lo que queda después de restar las reducciones. Sobre la cuota que resulta actúan después el coeficiente por patrimonio previo y las bonificaciones, así que la tabla por sí sola no dice lo que se paga: para eso está el cálculo orientativo de la calculadora.
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | 200.000,00 € | 0,00 € | 5 % |
| 200.000,00 € | 600.000,00 € | 10.000,00 € | 7 % |
| 600.000,00 € | En adelante | 38.000,00 € | 9 % |
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | 50.000,00 € | 0,00 € | 7 % |
| 50.000,00 € | 150.000,00 € | 3.500,00 € | 11 % |
| 150.000,00 € | 400.000,00 € | 14.500,00 € | 17 % |
| 400.000,00 € | 800.000,00 € | 57.000,00 € | 24 % |
| 800.000,00 € | En adelante | 153.000,00 € | 32 % |
La tarifa reducida catalana y su condición
A diferencia de las herencias, donde Cataluña bonifica la cuota con una escala decreciente, en las donaciones no hay bonificación. Lo que existe es una tarifa propia para los Grupos I y II, de solo tres tramos: 5 %, 7 % y 9 %, con saltos en 200.000 y 600.000 €.
La condición es la escritura pública (o una sentencia judicial). Si la escritura no es requisito de validez de la donación, hay que elevarla a público igualmente. Sin ella se aplica la escala general, de cinco tramos entre el 7 % y el 32 %, que es también la de hermanos, sobrinos y personas sin parentesco, a quienes además se les multiplica la cuota por un coeficiente.
La reducción por primera vivienda habitual
En las donaciones a descendientes de su primera vivienda habitual, o del dinero para comprarla, Cataluña permite reducir el 95 % de lo donado, con una reducción máxima de 60.000 €, que sube a 120.000 € si quien recibe tiene una discapacidad del 65 % o más. El límite es único aunque haya varias donaciones o varios ascendientes.
Exige escritura pública con mención expresa de la finalidad y, si se dona dinero, que la donación se haga dentro de los tres meses anteriores a la compra, entre otros requisitos. La calculadora la aplica si marcas que el dinero es para su primera vivienda habitual.
Qué comunidad manda en una donación
No es la de quien dona. Si se dona dinero, acciones o cualquier bien mueble, es competente la comunidad donde tenga su residencia habitual quien recibe, mirando dónde ha pasado más días en los cinco años anteriores. Si se dona un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble, vivan donde vivan las dos partes.
Por eso una misma familia puede pagar cantidades muy distintas según a quién done y qué done: un piso en otra comunidad tributa allí, y el dinero donado a un hijo que vive fuera tributa donde vive el hijo.
El plazo y los otros impuestos de una donación
El impuesto de donaciones lo paga quien recibe, y se presenta en los treinta días hábiles siguientes a la donación. Es un plazo mucho más corto que el de una herencia y en varias comunidades presentar tarde hace perder la bonificación.
Quien dona también puede tener que pagar. Si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió, esa ganancia tributa en su IRPF aunque no haya cobrado nada; con dinero no hay ganancia. Y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal es un impuesto aparte del ayuntamiento, que en las donaciones paga quien recibe.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por donar dinero a un hijo en Cataluña?
Con escritura pública, el 5 % de los primeros 200.000 €, el 7 % de lo que exceda hasta 600.000 € y el 9 % del resto. Es un cálculo orientativo, sin reducciones con requisitos propios.
¿Qué pasa si no se hace escritura pública?
La tarifa reducida no se aplica y la donación tributa por la escala general, con tipos del 7 % al 32 %.
¿Hay bonificación del 99 % como en las herencias al cónyuge?
No. La bonificación catalana es solo para adquisiciones por causa de muerte. En las donaciones el ahorro viene de la tarifa reducida y, en su caso, de las reducciones.
Dudas frecuentes sobre donar en Cataluña
Lo que la gente pregunta después de ver la cifra. Cada respuesta cita la norma y se aplica igual en Cataluña, salvo donde se indica lo contrario.
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Herédalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 21 de septiembre de 2026.