Impuesto de sucesiones 2027: qué cambia por comunidad
Lo que cambia, o puede cambiar, en las 20 haciendas españolas. Separamos lo que ya es ley de lo que está en tramitación y de lo que solo se ha anunciado, y cada dato lleva su fuente.
Por Mónica Ramos, Directora de contenido de Herédalo
Actualizado el
Resumen
- 13territorios con algún cambio: 7 generales y 6 acotados
- 1ya es ley (BOE o diario oficial autonómico)
- 9en tramitación
- 3solo anunciados
- 7sin cambios conocidos
- Solo un cambio con efectos en 2027 es ya ley: la Comunitat Valenciana sube del 25 % al 50 % la bonificación de hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad el 1 de junio de 2027.
- El proyecto de Andalucía no recoge la «bonificación» que se anunció, sino dos reducciones del 99 % en la base para hermanos, solo en herencias. Además dejaría sin aplicar el límite de 122.606,47 € de la reducción por vivienda habitual. Las donaciones entre hermanos que se anunciaron el 1 de octubre no aparecen en el texto.
- El proyecto de Castilla y León daría el paso más corto: un 3 % para hermanos, tíos y sobrinos, calculado sobre un máximo de 100.000 €. El camino al 12 % solo figura en la exposición de motivos.
- Álava saca a audiencia su anteproyecto y las tres haciendas vascas van en la misma línea: una reducción del 95 % por donar la empresa a los trabajadores. Álava añadiría un coste nuevo por incumplir, también en la empresa familiar heredada: un 5 % de la cuota dejada de ingresar por cada año que falte hasta los cinco de mantenimiento.
- Aragón presentó su proyecto de presupuestos el 4 de noviembre, con una bonificación del 99 % en la cuota para el Grupo II, pero el texto aún no se ha publicado. Asturias, Baleares y Murcia han anunciado rebajas sin texto. Cifras y requisitos pueden cambiar.
Lo anunciado puede cambiar en la tramitación, y lo proyectado también. Solo lo que ya es ley, publicado en el BOE o en un diario oficial autonómico, es norma. Nuestras calculadoras siguen con la normativa vigente hasta que el cambio sea ley y llegue su fecha de efectos. Esta página es información, no asesoramiento.
Las 20 haciendas, de un vistazo
| Territorio | Estado | Alcance | Qué cambia | Efectos |
|---|---|---|---|---|
| Comunitat Valenciana | Ya es ley | General | Hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad: la bonificación sube del 25 % al 50 %. | 1 de junio de 2027 |
| Álava | En tramitación | Acotado | Reduciría un 95 % la donación de la empresa a trabajadores y sumaría un 5 % de la cuota por año de incumplimiento. | Sin fecha |
| Andalucía | En tramitación | General | Proyecta dos reducciones del 99 % para hermanos que hereden vivienda, sin límite de 122.606,47 €. Solo herencias. | 1 de enero de 2027 (prevista) |
| Aragón | En tramitación | General | Bonificación del 99 % en la cuota para el Grupo II, según el Gobierno. Se notaría por encima de 500.000 €. | 1 de enero de 2027 (prevista)Proyecto sin texto publicado. |
| Bizkaia | En tramitación | Acotado | Reduciría un 95 % la donación de la empresa familiar a trabajadores, con donante de 60 años o más. | Sin fecha |
| Castilla y León | En tramitación | General | Proyecta una bonificación del 3 % para hermanos, tíos y sobrinos, sobre un máximo de 100.000 €. | 1 de enero de 2027 (prevista) |
| Extremadura | En tramitación | Acotado | La bonificación del 99 % en donaciones exigiría «escritura pública», no «documento público». Sin cambios de cifras. | 1 de enero de 2027 (prevista) |
| Galicia | En tramitación | Acotado | Empresa familiar: la reducción del 99 % se abriría a parientes por afinidad y a trabajadores. | 1 de enero de 2027 (prevista) |
| Gipuzkoa | En tramitación | Acotado | Reduciría un 95 % la donación de la empresa a sus trabajadores. | Sin fecha |
| Madrid | En tramitación | Acotado | Medida temporal prevista por los incendios: reducción del 100 % en donaciones de hasta 10.000 €. | 1 de enero de 2027 (prevista)Cubriría las donaciones desde el 23/07/2026. |
| Asturias | Solo anunciado | General | Propuesta de reducción del 100 % en los primeros 150.000 € donados por la familia para la primera vivienda. | Sin fecha |
| Baleares | Solo anunciado | General | Hermanos y tíos-sobrinos sin descendencia del fallecido pasarían del 60 % al 75 % de bonificación. | Sin fecha |
| Murcia | Solo anunciado | General | Extendería por fases la bonificación del 99 % a hermanos, tíos y sobrinos, empezando por un 25 %. | Sin fecha |
| Canarias | Sin cambios | No aplica | Sin cambios conocidos: el proyecto tocaría IRPF, IGIC, combustibles y tabaco. | No aplica |
| Cantabria | Sin cambios | No aplica | Sin cambios conocidos: la reforma de 2027 se centraría en IRPF e ITP. | No aplica |
| Castilla-La Mancha | Sin cambios en el borrador | No aplica | Sin cambios en el borrador: la ley de medidas modificaría IRPF e ITP, no sucesiones. | No aplica |
| Cataluña | Sin cambios | No aplica | Sin cambios conocidos. El presupuesto de 2027 aún no se ha presentado. | No aplica |
| Ceuta y Melilla | Sin cambios | No aplica | Sin cambios: aplica la ley estatal, que no se está reformando. | No aplica |
| La Rioja | Sin cambios | No aplica | Sin cambios: el proyecto de medidas tocaría AJD e IRPF, entre otros, no sucesiones. | No aplica |
| Navarra | Sin cambios | No aplica | Sin cambios conocidos. La ley tributaria anual suele llegar en noviembre. | No aplica |
Un caso con euros: la Comunitat Valenciana
Un hermano de 55 años, sin patrimonio previo, hereda 300.000 € en dinero. Cuenta la fecha del fallecimiento: antes del 1 de junio de 2027 se aplica el 25 % de bonificación, y desde ese día, el 50 %.
| Hoy, con el 25 % | 64.131,42 € |
|---|---|
| Desde el 1 de junio de 2027, con el 50 % (simulación) | 42.754,28 € |
| Diferencia | 21.377,14 € |
La primera cifra es la de nuestro motor de cálculo con la norma vigente. La segunda es una simulación: aplica al mismo cálculo el 50 % que fija la ley, y la calculadora de la Comunitat Valenciana no lo incorporará hasta esa fecha. Es un cálculo orientativo, no una liquidación.
Próximas fechas
- . Álava: termina el plazo de aportaciones al anteproyecto.
- . Castilla y León: debate de totalidad.
- . Castilla y León: fin del plazo de enmiendas al articulado.
- . Congreso: votación prevista de la convalidación del RDL 29/2026 (plusvalía municipal).
- . Estatal: entrarían los nuevos coeficientes de plusvalía, si el RDL se convalida.
- . Castilla y León: el Pleno debate el dictamen (15 y 16 de diciembre).
- . Aragón: votación final del presupuesto en el Pleno de las Cortes.
- . Comunitat Valenciana: la bonificación del Grupo III sube al 50 %.
Territorio por territorio
Comunitat Valenciana
Ya es ley
Ley publicada. El cambio tiene fecha fijada y no necesita más trámites.
- Qué cambia
- La bonificación en la cuota de los colaterales de segundo y tercer grado por consanguinidad sube del 25 % al 50 %. Cuenta la fecha del fallecimiento o de la donación: se aplica desde el 1 de junio de 2027. Antes de ese día sigue el 25 %, vigente desde el 1 de junio de 2026.
- A quién afecta
- Hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad, en herencias y donaciones. Los parientes por afinidad quedan fuera.
- Quién gana
- Quien herede o reciba una donación de un hermano, un tío o un sobrino a partir del 1 de junio de 2027.
- Norma
- Ley 5/2025, de 30 de mayo, de la Generalitat, disposición final cuarta, en la redacción del art. 25 de la Ley 5/2026, de 31 de julio (art. 12 bis de la Ley 13/1997) (31 de julio de 2026)
- Efectos
- 1 de junio de 2027
- Cifras
- Bonificación actual: 25 %
- Desde el 01/06/2027: 50 %
- Cuándo se sabrá
- Ya se sabe. Solo otra ley podría cambiarlo.
- Qué hemos leído
- Hemos leído el texto oficial. Texto publicado y consolidado. La Ley 5/2026 da nueva redacción a la disposición final cuarta y mantiene el calendario. Deroga la disposición transitoria segunda de la Ley 5/2025, que daba el 25 %: ese porcentaje está hoy en el art. 12 bis.
- Fuentes
- Ley 5/2025, de 30 de mayo, de la Generalitat (BOE) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Ley 5/2026, de 31 de julio, de medidas fiscales de la Generalitat (BOE) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Ley 13/1997 de tributos cedidos valenciana (texto consolidado, art. 12 bis) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Cuánto se paga hoy en Comunitat Valenciana, con la norma vigente
Álava
En tramitación
Anteproyecto en audiencia pública del 23/10 al 05/11/2026. La Diputación prevé aprobarlo como proyecto en noviembre y llevarlo a las Juntas Generales.
- Qué cambia
- Crearía una reducción del 95 % en la base imponible (art. 22.7 bis) para las donaciones de una empresa individual, un negocio profesional o participaciones a personas trabajadoras, incluida la alta dirección. Y añadiría un coste por incumplir: quien no mantuviera lo adquirido durante cinco años pagaría el impuesto que se ahorró, los intereses de demora y un importe adicional del 5 % de la cuota dejada de ingresar por cada año que falte. Ese 5 % alcanzaría también a las reducciones de empresa familiar que ya existen: la de herencias y demás títulos sucesorios (art. 22.5) y la de donaciones (art. 22.7). No tocaría tarifas ni reducciones por parentesco.
- A quién afecta
- Afectaría a empresarios y socios de 60 años o más, o con incapacidad permanente absoluta o gran incapacidad, que ejerzan funciones de dirección y donen la empresa, el negocio o sus participaciones a personas trabajadoras. También a quien herede o reciba por donación una empresa familiar con las reducciones actuales.
- Quién ganaría
- Ganarían las empresas sin relevo familiar, que podrían pasar a manos de sus trabajadores con menos impuesto. Quien incumpliera el plazo de cinco años pagaría más que hasta ahora.
- Norma
- Anteproyecto de Norma Foral de medidas tributarias para el año 2027, artículo 6 (modifica el art. 22 de la Norma Foral 11/2005) (23 de octubre de 2026)
- Efectos previstos
- Sin fecha. Según el anteproyecto, entraría en vigor el día siguiente a su publicación en el BOTHA, salvo los efectos que fije cada artículo. El artículo del impuesto no fija ninguno propio.
- Cifras
- Reducción nueva prevista en la base: 95 %
- Edad mínima prevista del donante: 60 años
- Plazo de mantenimiento: 5 años
- Importe adicional previsto por incumplir: 5 % de la cuota dejada de ingresar, por cada año que falte
- Cuándo se sabrá
- El proyecto se espera en noviembre. El texto definitivo saldrá en el BOTHA cuando lo aprueben las Juntas Generales, previsiblemente en diciembre.
- Qué hemos leído
- Hemos leído un borrador oficial, no el texto final. Leído el anteproyecto completo publicado por la Diputación. Es un borrador: puede cambiar antes de ser proyecto y durante su paso por las Juntas Generales. El art. 22.5 se ha identificado en la Norma Foral 19/2024, que da su redacción: es la reducción por empresa en adquisiciones mortis causa. Los 60 años del donante ya figuran en el art. 22.7 vigente: no son una rebaja.
- Fuentes
- Diputación Foral de Álava: anteproyecto de Norma Foral de medidas tributarias para 2027 (Word) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Irekia: trámite de audiencia e información pública, plazo del 23/10 al 05/11/2026 (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Norma Foral 19/2024, de 20 de diciembre, de medidas tributarias para 2025 (BOTHA núm. 147): redacción de los apartados 5 y 7 del art. 22 de la Norma Foral 11/2005 (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Norma Foral 24/2022, de 23 de diciembre, de medidas tributarias para 2023 (BOTHA núm. 150): redacción completa del art. 22 de la Norma Foral 11/2005 (consultada el 31 de octubre de 2026)
Andalucía
En tramitación
Proyecto de ley aprobado por el Consejo de Gobierno el 30/10/2026. Falta su tramitación en el Parlamento de Andalucía.
- Qué cambia
- El Gobierno andaluz lo presenta como una bonificación del 99 %, pero el proyecto regula dos reducciones del 99 % en la base imponible, y solo en herencias. La primera: los hermanos entrarían en la reducción por vivienda habitual del fallecido sin tener que ser mayores de 65 años ni haber convivido con él dos años. La segunda sería nueva (art. 27 bis): el hermano que ya tuviera esa casa como vivienda habitual al fallecer el causante aplicaría el 99 % sobre su valor aunque no fuera la vivienda habitual del fallecido. En ambas habría que mantener la adquisición tres años. Además, el art. 27 proyectado añade que no se aplicaría el límite estatal de 122.606,47 € por heredero. La redacción vigente no se pronuncia sobre ese límite, y la exposición de motivos no menciona el cambio. Las donaciones entre hermanos, anunciadas el 1 de octubre, no están en el texto: en donaciones solo se flexibilizaría el documento en el que se declara el origen de los fondos.
- A quién afecta
- Afectaría a los hermanos que hereden una vivienda en Andalucía. Y, por el cambio del límite, a cualquier heredero con derecho a la reducción por vivienda habitual del fallecido.
- Quién ganaría
- Ganarían los hermanos que hereden la casa en la que viven o la vivienda habitual del fallecido, que hoy no tienen estas reducciones salvo que sean mayores de 65 años y hayan convivido con él. También quien supere el límite de 122.606,47 € en la reducción por vivienda habitual.
- Norma
- Proyecto de Ley del Presupuesto de Andalucía para 2027, disposición final quinta, apartados siete y ocho (arts. 27 y 27 bis de la Ley 5/2021 de Tributos Cedidos) (30 de octubre de 2026)
- Efectos previstos
- 1 de enero de 2027
- Cifras
- Reducción prevista en la base: 99 %
- Límite que dejaría de aplicarse: 122.606,47 € por heredero
- Plazo de mantenimiento previsto: 3 años
- Personas beneficiarias previstas: unas 3.000 (nota de la Junta del 30/10); unas 3.500 el 01/10
- Efecto previsto en los ingresos por el impuesto: −12,9 %, según el informe económico-financiero
- Cuándo se sabrá
- La Junta prevé aprobar la ley antes de fin de año. Las enmiendas pueden cambiar el texto; el definitivo saldrá en el BOJA.
- Qué hemos leído
- Hemos leído el texto oficial. Leído el articulado del proyecto y el informe económico-financiero. El nombre de la medida, «bonificación», es el de la nota de prensa; el texto dice reducción. La cifra de beneficiarios es una previsión de la Junta y varía entre sus comunicaciones.
- Fuentes
- Proyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2027 (texto articulado) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Informe económico-financiero del proyecto, capítulo 3: tributos cedidos (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Portavoz del Gobierno andaluz: la Junta aprueba el presupuesto para 2027 (30/10/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Ley 5/2021 de Tributos Cedidos de Andalucía (texto consolidado, redacción vigente del art. 27) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Libertad Digital: el anuncio del 1 de octubre, con hermanos y donación (consultada el 31 de octubre de 2026)
Aragón
En tramitación
El Gobierno presentó el proyecto de presupuestos de 2027 el 4 de noviembre de 2026 y está en las Cortes de Aragón. El texto aún no se ha publicado en su boletín.
- Qué cambia
- Según lo explicado por el Gobierno al presentar el proyecto, sería una bonificación del 99 % en la cuota para el Grupo II, que se sumaría a la reducción actual: hoy ese grupo tiene una reducción del 100 % con un límite conjunto de 500.000 €, que sube a 575.000 € con discapacidad del 33 % al 65 % y, para el cónyuge, en 150.000 € por cada hijo menor que conviva con él (art. 131-5). La rebaja se notaría sobre todo por encima de esa cifra. La prensa añade que quienes ejercen la tutela o la curatela de una persona con discapacidad se equipararían al Grupo II. No hemos leído el texto, que está pendiente de publicación: hasta entonces no consta nada para hermanos, sobrinos ni personas sin parentesco fuera de ese supuesto.
- A quién afecta
- Afectaría al Grupo II: hijos y descendientes de 21 años o más, cónyuge, padres y ascendientes. Según la prensa, el proyecto también equipararía a ese grupo a quienes ejercen la tutela o la curatela de una persona con discapacidad, aunque su parentesco sea más lejano.
- Quién ganaría
- Ganarían hijos, cónyuges y padres con herencias grandes, por encima de 500.000 €, y quienes cuidan como tutores o curadores a una persona con discapacidad. Por debajo de 500.000 € ya actúa la reducción actual, si se cumplen sus requisitos.
- Norma
- Proyecto de Ley de Presupuestos de Aragón para 2027 (presentado el 04/11/2026, pendiente de publicación en el BOCA) (4 de noviembre de 2026)
- Efectos previstos
- 1 de enero de 2027. Solo si el presupuesto se aprueba antes de fin de año, como prevé el Gobierno, y para fallecimientos posteriores a su entrada en vigor.
- Cifras
- Bonificación prevista en la cuota: 99 %
- Reducción actual del Grupo II: 100 % hasta 500.000 €
- Contribuyentes al año (estimación de prensa con datos de 2024): unos 700
- Coste anual (misma estimación): unos 40 millones de euros
- Cuándo se sabrá
- El texto saldrá en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón. Tras el debate de totalidad y las enmiendas, el Pleno votará el presupuesto el 22 de diciembre; si se aprueba, se publicará en el BOA.
- Qué hemos leído
- Basado en prensa y despachos, sin texto oficial leído. Proyecto presentado, pero sin texto publicado a 05/11/2026. Lo que sabemos procede de lo explicado por el Gobierno a la prensa; las cifras de contribuyentes y coste no son oficiales.
- Fuentes
- Hoy Aragón: Aragón propone bajar el IRPF y bonificar al 99 % las herencias entre cónyuges e hijos (05/11/2026) (consultada el 5 de noviembre de 2026)
- Cortes de Aragón: tramitación del proyecto de ley de presupuestos para 2027 (consultada el 5 de noviembre de 2026)
- Aragón Digital: Aragón presenta un presupuesto récord de 9.594 millones para 2027 (04/11/2026) (consultada el 5 de noviembre de 2026)
- El Español: PP y Vox y la reforma de Sucesiones en Aragón (24/04/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Decreto Legislativo 1/2005 de Aragón (texto consolidado, art. 131-5) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Bizkaia
En tramitación
Proyecto aprobado por la Diputación el 10/09/2026 y en comisión de las Juntas Generales, con la oposición de varios grupos y sin el apoyo del PSE-EE, socio de gobierno.
- Qué cambia
- Según el resumen del anteproyecto de junio, se crearía una reducción del 95 % en el impuesto cuando la empresa familiar se transmita por donación a trabajadores y el donante tenga 60 años o más. También se regularía quién debe regularizar el impuesto si se incumplen los plazos de mantenimiento o se abandonan las funciones de dirección. No tocaría tarifas ni reducciones por parentesco. No hemos podido leer el texto del proyecto, así que no confirmamos si incluye el 5 % adicional por año de incumplimiento que recoge el texto de Álava.
- A quién afecta
- Afectaría a titulares de 60 años o más que donen la empresa familiar a sus trabajadores.
- Quién ganaría
- Ganarían las empresas sin relevo familiar y las personas trabajadoras que las continúen.
- Norma
- Proyecto de Norma Foral de Medidas Tributarias 2026 (10 de septiembre de 2026)
- Efectos previstos
- Sin fecha. La Diputación quiere aprobarlo antes de fin de año y aplicar el paquete con efectos desde el 01/01/2026. No hemos podido confirmar si esa fecha alcanza a esta reducción.
- Cifras
- Reducción prevista en la base: 95 %
- Edad mínima prevista del donante: 60 años
- Cuándo se sabrá
- Cuando las Juntas Generales voten el texto, antes de fin de año si se cumple el objetivo de la Diputación. La comisión debe fijar aún comparecencias y enmiendas.
- Qué hemos leído
- Basado en prensa y despachos, sin texto oficial leído. Basado en el resumen de un despacho sobre el anteproyecto y en la prensa sobre el proyecto. No hemos podido acceder al texto registrado en las Juntas Generales.
- Fuentes
- Andersen: alerta sobre el anteproyecto de Norma Foral de Medidas Tributarias 2026 (junio de 2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Tele 7: la Diputación aprueba el proyecto y su objetivo de efectos (10/09/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Moncloa.com: el PSE-EE rechaza la norma foral fiscal de Bizkaia (25/09/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Castilla y León
En tramitación
Proyecto de ley PL/000003 publicado en el Boletín de las Cortes el 19/10/2026, con calendario de tramitación fijado.
- Qué cambia
- Crearía una bonificación del 3 % en la cuota para colaterales de segundo y tercer grado por consanguinidad, en herencias y en donaciones. Si la base liquidable superara 100.000 €, el 3 % se aplicaría al tipo medio efectivo multiplicado por 100.000 €, de modo que la rebaja quedaría topada. En donaciones habría que formalizar documento público y, si es dinero, justificar el origen de los fondos. La exposición de motivos anuncia que subiría un 3 % al año hasta el 12 %, pero el articulado solo fija el 3 %. Además, la reducción del 99 % por explotaciones agrarias se abriría a colaterales hasta el cuarto grado y a quien trabaje en la explotación a jornada completa con al menos tres años de antigüedad. Y en empresa familiar, la reducción por participaciones se limitaría al valor de los activos necesarios para la actividad (arts. 17 y 20).
- A quién afecta
- Afectaría a hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad, en herencias y donaciones. También a familiares hasta el cuarto grado y trabajadores que continúen una explotación agraria, y a quien aplique las reducciones por empresa.
- Quién ganaría
- Ganarían hermanos, tíos y sobrinos, con un ahorro limitado por el tope, y las familias del medio rural que continúen una explotación agraria.
- Norma
- Proyecto de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas (PL/000003, BOCCyL núm. 47): arts. 16, 17, 17 bis, 20 y 20 bis del texto refundido (19 de octubre de 2026)
- Efectos previstos
- 1 de enero de 2027
- Cifras
- Bonificación prevista para 2027: 3 %
- Base máxima sobre la que se calcularía: 100.000 €
- Objetivo en la exposición de motivos: 12 % al final de la legislatura
- Reducción prevista por explotaciones agrarias: 99 %, hasta el cuarto grado
- Cuándo se sabrá
- El Pleno debate el dictamen el 15 y 16 de diciembre. Después se publicará en el BOCYL.
- Qué hemos leído
- Hemos leído el texto oficial. Leído el proyecto completo en el Boletín Oficial de las Cortes.
- Fuentes
- BOCCyL núm. 47, 19/10/2026: Proyecto de Ley PL/000003 y calendario de tramitación (consultada el 31 de octubre de 2026)
Extremadura
En tramitación
Proyecto de presupuestos aprobado el 15/10/2026 y en tramitación en la Asamblea.
- Qué cambia
- Ajustes de requisitos formales, sin cambiar porcentajes ni importes. La bonificación del 99 % de los Grupos I y II (art. 30) exigiría «escritura pública» donde hoy dice «documento público», y en la donación de solar (art. 23) el plazo de construcción se contaría desde la escritura. En las reducciones por donación de dinero para vivienda y para empresa (arts. 21 y 24), que ya piden escritura, el umbral de 10.000 € se mediría sobre la base imponible y no sobre la cantidad donada. El propio proyecto lo presenta como modificación técnica, pero en el art. 30 estrecharía la forma admitida: otro documento público dejaría de servir.
- A quién afecta
- Afectaría a quien formalice una donación en Extremadura con base imponible superior a 10.000 €.
- Quién ganaría
- Nadie en particular: no habría rebaja. Las rebajas del proyecto serían de IRPF y transmisiones patrimoniales.
- Norma
- Proyecto de Ley de Presupuestos de Extremadura para 2027: disposición final segunda, que modifica los arts. 21, 23, 24 y 30 del Decreto Legislativo 1/2018 (15 de octubre de 2026)
- Efectos previstos
- 1 de enero de 2027
- Cuándo se sabrá
- Cuando la Asamblea apruebe los presupuestos, previsiblemente en diciembre.
- Qué hemos leído
- Hemos leído el texto oficial. Leído el texto articulado del proyecto y contrastado con el texto consolidado del BOE.
- Fuentes
- Junta de Extremadura: Proyecto de Presupuestos 2027, texto articulado (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Decreto Legislativo 1/2018 de Extremadura (texto consolidado) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Galicia
En tramitación
Proyecto de ley de medidas fiscales aprobado por la Xunta y remitido al Parlamento junto con los presupuestos, en octubre de 2026.
- Qué cambia
- La reducción propia del 99 % por empresa familiar ampliaría quién puede aplicarla: colaterales hasta el tercer grado también por afinidad, y personas sin parentesco con contrato en la empresa, diez años de antigüedad y cinco de funciones de responsabilidad o dirección (cinco y tres si son colaterales de cuarto grado). El grupo familiar que cuenta para la participación mínima llegaría al sexto grado, y para medir la principal fuente de renta se excluirían las rentas irregulares y se sumarían dos ejercicios. Tampoco se perdería la reducción si los bienes se aportaran a una sociedad durante el plazo. No cambiarían tarifas ni la reducción por parentesco.
- A quién afecta
- Afectaría a quien herede o reciba por donación una empresa, un negocio o participaciones en Galicia.
- Quién ganaría
- Ganarían las empresas familiares sin relevo directo, que podrían pasar a sobrinos políticos, cuñados o directivos.
- Norma
- Proxecto de Lei de medidas fiscais e administrativas para 2027, arts. 3 y 4 (arts. 7.Catro y 8.Catro del Decreto Legislativo 1/2011) (19 de octubre de 2026)
- Efectos previstos
- 1 de enero de 2027
- Cifras
- Reducción: 99 %
- Antigüedad prevista de la persona trabajadora: 10 años, y 5 en dirección
- Grupo familiar previsto: hasta el sexto grado
- Cuándo se sabrá
- El Parlamento suele votar esta ley en diciembre: la del año pasado se aprobó el 16/12/2025. El texto definitivo saldrá en el DOG.
- Qué hemos leído
- Hemos leído el texto oficial. Leído el proyecto en el portal de presupuestos de la Xunta. La fecha de la ficha es la del registro; no hemos visto el calendario de 2027.
- Fuentes
- Xunta de Galicia: Lei de Medidas Fiscais e Administrativas, proyecto para 2027 (consultada el 31 de octubre de 2026)
Gipuzkoa
En tramitación
Proyecto aprobado por el Consejo de Gobierno foral el 29/09/2026 y remitido a las Juntas Generales. El objetivo es votarlo en el pleno de diciembre.
- Qué cambia
- Crearía una reducción del 95 % en la base imponible para fomentar la continuidad de la actividad económica en estas donaciones, siempre que se cumplan requisitos que el resumen público no detalla. No tocaría tarifas ni reducciones por parentesco. No hemos podido leer el texto, así que no confirmamos si incluye el 5 % adicional por año de incumplimiento que recoge el texto de Álava.
- A quién afecta
- Afectaría a personas trabajadoras que reciban por donación la empresa, el negocio o participaciones de la entidad en la que trabajan.
- Quién ganaría
- Ganarían las empresas sin relevo familiar y las personas trabajadoras que las continúen.
- Norma
- Proyecto de Norma Foral de determinadas modificaciones tributarias (29 de septiembre de 2026)
- Efectos previstos
- Sin fecha. Sin fecha publicada para esta medida. Depende de la aprobación final.
- Cifras
- Reducción prevista en la base: 95 %
- Cuándo se sabrá
- Pleno de diciembre de las Juntas Generales, si el proyecto reúne mayoría. El gobierno foral no la tiene por sí solo.
- Qué hemos leído
- Basado en prensa y despachos, sin texto oficial leído. Basado en el resumen del anteproyecto publicado por una asesoría y en la prensa sobre el proyecto. No hemos podido leer el texto oficial.
- Fuentes
- ATE: Gipuzkoa presenta nuevas modificaciones tributarias (16/09/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- ATE: resumen del anteproyecto de Norma Foral (PDF) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Última Hora: Gipuzkoa aprueba el proyecto de Norma Foral (29/09/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Madrid
En tramitación
Proyecto de presupuestos aprobado por el Consejo de Gobierno y registrado en la Asamblea el 30/10/2026.
- Qué cambia
- Crearía una reducción del 100 % de la base imponible, con cualquier parentesco, para las donaciones hechas entre el 23/07/2026 y el 23/07/2027 que se destinen en tres años a reparar los daños. El límite sería el importe de los daños, con un máximo de 10.000 € de base por donatario. El dinero debería ir por transferencia, cheque nominativo, ingreso en cuenta o plataforma de pago: las entregas en efectivo no valdrían. El documento de la donación tendría que indicar expresamente ese destino, y la reducción sería incompatible con la del art. 22 bis. En la nota se llamó bonificación; el texto dice reducción. Las reglas generales de sucesiones y donaciones no cambiarían.
- A quién afecta
- Afectaría a personas perjudicadas por los incendios de 2026 en 17 municipios de la Sierra Oeste (en El Escorial, solo Peralejo y el camping de la M-600) que reciban donaciones para reparar los daños.
- Quién ganaría
- Ganarían los perjudicados por los incendios de la Sierra Oeste que reciban ayuda de familiares o amigos.
- Norma
- Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2027, disposición final segunda: nueva disposición transitoria novena del Decreto Legislativo 1/2010 (30 de octubre de 2026)
- Efectos previstos
- 1 de enero de 2027. Si se aprueba, la ley entraría en vigor el 01/01/2027 y cubriría las donaciones hechas desde el 23/07/2026, y quien haya pagado podría pedir la devolución. Hasta entonces la reducción no existe y la autoliquidación sigue su plazo.
- Cifras
- Reducción prevista: 100 %
- Máximo previsto: 10.000 € de base
- Ventana de las donaciones: del 23/07/2026 al 23/07/2027
- Municipios incluidos: 17
- Cuándo se sabrá
- La Asamblea tramita el proyecto ahora, y el PP tiene mayoría absoluta. Debe aprobarse antes de fin de año para entrar en vigor el 1 de enero.
- Qué hemos leído
- Hemos leído el texto oficial. Leído el articulado del proyecto y la memoria de beneficios fiscales. No se pudo estimar el ahorro: la propia memoria dice que no hay datos.
- Fuentes
- Comunidad de Madrid: Proyecto de Presupuestos 2027, libro 1, articulado (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Comunidad de Madrid: memoria de beneficios fiscales del proyecto 2027 (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Comunidad de Madrid: el proyecto se registra en la Asamblea (30/10/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Asturias
Solo anunciado
Anunciado por el Gobierno del Principado el 22/09/2026 y ligado a los presupuestos de 2027, que siguen en negociación.
- Qué cambia
- El Principado propone una reducción del 100 % en el impuesto de donaciones para los primeros 150.000 € que entreguen familiares cercanos para adquirir la primera residencia habitual. No se ha anunciado ningún cambio en herencias. Faltan por concretar el parentesco exacto, los límites de renta y si es compatible con las demás ayudas a la vivienda.
- A quién afecta
- Afectaría a quien reciba dinero de familiares cercanos para comprar su primera vivienda habitual en Asturias.
- Quién ganaría
- Ganarían jóvenes y familias que compren su primera casa con ayuda de padres u otros familiares cercanos.
- Norma
- Paquete fiscal del Principado para 2027 (sin proyecto de ley a 31/10/2026) (22 de septiembre de 2026)
- Efectos previstos
- Sin fecha. Sin fecha oficial: depende de que se aprueben los presupuestos de 2027.
- Cifras
- Reducción anunciada: 100 %
- Importe cubierto: primeros 150.000 €
- Cuándo se sabrá
- Cuando se conozca el proyecto de presupuestos. El Gobierno necesita apoyos en la Junta General; si no los consigue, habrá prórroga y la medida quedaría pendiente.
- Qué hemos leído
- Basado en prensa y despachos, sin texto oficial leído. No hay texto. El Consejo de Gobierno no ha aprobado todavía ningún proyecto, que nos conste.
- Fuentes
- El Fielato: Asturias amplía sus deducciones fiscales (03/10/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- COPE: las nuevas medidas fiscales de Adrián Barbón (22/09/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Baleares
Solo anunciado
Anunciado por la presidenta en el debate de política general del 20/10/2026. Sin norma publicada.
- Qué cambia
- La presidenta anunció que la bonificación del impuesto entre hermanos y entre tíos y sobrinos llegaría al 75 % si el fallecido no tiene descendencia directa. Hoy es del 60 % para esos parientes por consanguinidad cuando no concurren con descendientes del fallecido, y del 35 % para el resto del Grupo III (art. 36 bis). No se conoce el texto ni la fecha de efectos.
- A quién afecta
- Afectaría a hermanos, tíos y sobrinos cuando el fallecido no tenga descendencia directa.
- Quién ganaría
- Ganaría quien herede de un hermano, un tío o un sobrino que no tenga hijos.
- Norma
- Anuncio del Govern, sin norma a 31/10/2026 (no hay decreto-ley en los BOIB del 20 al 31 de octubre) (20 de octubre de 2026)
- Efectos previstos
- Sin fecha. Sin fecha oficial. Moncloa.com situaba la aprobación antes del 29 de noviembre; no está confirmado.
- Cifras
- Bonificación actual: 60 %
- Bonificación anunciada: 75 %
- Cuándo se sabrá
- Si va en decreto-ley, en el BOIB, con efecto casi inmediato. Si va en los presupuestos de 2027, cuya negociación con Vox acaba de empezar, en diciembre o más tarde.
- Qué hemos leído
- Basado en prensa y despachos, sin texto oficial leído. Leídas las crónicas del discurso y revisados los sumarios del BOIB del 20 al 31 de octubre: no hay decreto-ley. El instrumento legal no está confirmado.
- Fuentes
- El Debate: Prohens eleva al 75 % la bonificación de sucesiones (20/10/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Moncloa.com: condiciones de la bonificación del 75 % (20/10/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Canal 4 Diario: el Govern fija el techo de gasto y abre la negociación con Vox (23/10/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- BOIB: sumarios de octubre de 2026 (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Decreto Legislativo 1/2014 de las Illes Balears (texto consolidado, art. 36 bis) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Murcia
Solo anunciado
Anunciado por el presidente en el Debate sobre el Estado de la Región el 25/06/2026. No nos consta proyecto de presupuestos registrado.
- Qué cambia
- El presidente anunció extender poco a poco la bonificación del 99 % a todo el Grupo III, empezando por un 25 %. Hoy ese grupo no tiene bonificación en sucesiones. No se ha detallado el calendario de las fases siguientes.
- A quién afecta
- Afectaría al Grupo III: hermanos, tíos y sobrinos.
- Quién ganaría
- Ganarían hermanos, tíos y sobrinos, si la medida llega a aprobarse.
- Norma
- Anuncio del presidente, sin norma a 31/10/2026 (25 de junio de 2026)
- Efectos previstos
- Sin fecha. Se anunció «con aplicación inmediata», pero iba ligado a un proyecto de presupuestos que no nos consta aprobado.
- Cifras
- Primer tramo anunciado: 25 %
- Objetivo: 99 %
- Ahorro y personas según el Gobierno regional: unos 6,2 millones de euros para 3.200 personas
- Cuándo se sabrá
- Cuando se presente un proyecto de presupuestos. La comunidad empezó 2026 con presupuestos prorrogados, no nos consta que haya aprobado otros y vota en mayo de 2027.
- Qué hemos leído
- Basado en prensa y despachos, sin texto oficial leído. Basado en crónicas del debate. No hemos encontrado norma, aunque no hemos podido revisar el BORM número a número.
- Fuentes
- elDiario.es: López Miras en el debate del estado de la Región (25/06/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- La 7: López Miras anuncia rebajas en Sucesiones (25/06/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Decreto Legislativo 1/2010 de Murcia (texto consolidado) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Canarias
Sin cambios
Proyecto de presupuestos aprobado por el Gobierno el 26/10/2026. No nos consta aún en el Boletín del Parlamento, y la nota oficial no cita este impuesto.
- Qué cambia
- La nota del Gobierno enumera las modificaciones tributarias del proyecto, que son la deflactación del IRPF, el IGIC, los combustibles y el tabaco, más «mejoras técnicas». No menciona sucesiones ni donaciones. Se mantiene la bonificación vigente.
- Norma
- Proyecto de Ley de Presupuestos de Canarias para 2027 (26 de octubre de 2026)
- Cuándo se sabrá
- Cuando el texto articulado se publique en el Boletín del Parlamento de Canarias se podrá confirmar del todo.
- Qué hemos leído
- Hemos leído la nota oficial, no el texto. Leída la nota oficial, no el articulado, que aún no hemos podido consultar.
- Fuentes
- Gobierno de Canarias: nota sobre el proyecto de presupuestos de 2027 (consultada el 31 de octubre de 2026)
Cantabria
Sin cambios
Proyecto de Ley de Medidas Fiscales aprobado el 30/10/2026. Lo publicado sobre él no cita este impuesto.
- Qué cambia
- Las medidas conocidas del proyecto serían una deflactación del 5 % del IRPF, nuevas deducciones y tipos reducidos en transmisiones patrimoniales. Ninguna fuente cita cambios en sucesiones o donaciones. Sigue en vigor la Ley 5/2026, ya recogida en nuestro cálculo.
- Norma
- Proyecto de Ley de Medidas Fiscales de Cantabria para 2027 (30 de octubre de 2026)
- Cuándo se sabrá
- Cuando el proyecto se publique en el Boletín Oficial del Parlamento de Cantabria se podrá confirmar del todo.
- Qué hemos leído
- Basado en prensa y despachos, sin texto oficial leído. Basado en prensa regional. No hemos podido leer el texto del proyecto, registrado el mismo 30 de octubre.
- Fuentes
- El Diario Cantabria: las claves de la nueva bajada de impuestos (27/10/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
- Ifomo: la ley de acompañamiento de Cantabria para 2027 solo incluirá medidas fiscales (30/10/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Castilla-La Mancha
Sin cambios en el borrador
Proyecto de ley de medidas registrado en las Cortes tras el Consejo de Gobierno del 20/10/2026. Enmiendas hasta el 03/11.
- Qué cambia
- El artículo que modificaría la Ley 8/2013 de medidas tributarias afectaría a dos tributos, IRPF y transmisiones patrimoniales. Sucesiones y donaciones quedarían como están.
- Norma
- Anteproyecto de Ley de Medidas Tributarias, Administrativas y de Simplificación para 2027 (segundo borrador) (20 de octubre de 2026)
- Cuándo se sabrá
- Podría cambiar por enmienda en las Cortes. La ley se espera para enero de 2027.
- Qué hemos leído
- Hemos leído un borrador oficial, no el texto final. Leído el segundo borrador publicado en el portal de transparencia. No hemos cotejado la versión final registrada.
- Fuentes
- Junta de Comunidades: segundo borrador del anteproyecto de ley de medidas 2027 (consultada el 31 de octubre de 2026)
Cuánto se paga hoy en Castilla-La Mancha, con la norma vigente
Cataluña
Sin cambios
Techo de gasto de 2027 aprobado en septiembre. No consta proyecto de presupuestos presentado.
- Qué cambia
- No hay ningún cambio anunciado para 2027. Lo último publicado es la Llei 11/2026, en vigor desde el 14/07/2026, ya recogida en nuestro cálculo.
- Norma
- Sin norma ni proyecto que modifique el impuesto a 31/10/2026 (8 de septiembre de 2026)
- Cuándo se sabrá
- Cuando el Govern presente el proyecto de presupuestos de 2027 y sus medidas fiscales. No hay fecha.
- Qué hemos leído
- Basado en prensa y despachos, sin texto oficial leído. Basado en prensa y en nuestra revisión de boletines del 27/10/2026. Un proyecto nuevo podría incluir medidas.
- Fuentes
- 3CatInfo: el Govern aprueba el techo de gasto de 2027 (08/09/2026) (consultada el 31 de octubre de 2026)
Ceuta y Melilla
Sin cambios
Se rigen por la ley estatal. Con las Cortes disueltas por las elecciones del 29/11/2026, no hay reforma en tramitación.
- Qué cambia
- Ninguno. Los reales decretos-leyes de vivienda de octubre de 2026 no modifican la Ley 29/1987, y no hay Presupuestos Generales del Estado para 2027 en tramitación.
- Norma
- Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, art. 23 bis (7 de octubre de 2026)
- Cuándo se sabrá
- No hay fecha prevista. Dependería de las nuevas Cortes.
- Qué hemos leído
- Hemos leído el texto oficial. Revisado el texto consolidado de la ley estatal.
- Fuentes
- Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (texto consolidado) (consultada el 31 de octubre de 2026)
La Rioja
Sin cambios
Proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2027 (11L/PL-0020) en tramitación en el Parlamento.
- Qué cambia
- El capítulo de tributos cedidos del proyecto modificaría, entre otros, actos jurídicos documentados e IRPF. No aparecen sucesiones ni donaciones.
- Norma
- Proyecto 11L/PL-0020, Boletín Oficial del Parlamento de La Rioja, serie A, núm. 155 (29 de septiembre de 2026)
- Cuándo se sabrá
- Podría cambiar por enmienda: el año pasado Sucesiones entró por esa vía. Suele aprobarse en diciembre.
- Qué hemos leído
- Hemos leído el texto oficial. Leído el proyecto completo en el Boletín del Parlamento.
- Fuentes
- Boletín Oficial del Parlamento de La Rioja, serie A, núm. 155: Proyecto 11L/PL-0020 (consultada el 31 de octubre de 2026)
Mientras tanto, en lo estatal
Plusvalía municipal: Real Decreto-ley 29/2026
Publicado en el BOE el 07/10/2026 y pendiente de convalidación. No toca el impuesto de sucesiones, pero sí la plusvalía municipal, que también puede pagarse al heredar un inmueble urbano. Actualiza los coeficientes máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.
La Diputación Permanente del Congreso prevé votarlo el 12 de noviembre, según información de Europa Press. No hemos visto un calendario oficial del Congreso. Si no se convalida, esa tabla de coeficientes no llegaría a aplicarse.
- Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (BOE-A-2026-20823)
- Moncloa.com: el Congreso votará el 12N los decretos de vivienda (17/10/2026)
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Herédalo, «Impuesto de sucesiones 2027: qué cambia por comunidad», actualizado el 5 de noviembre de 2026. Disponible en https://heredalo.com/cambios-normativos/2027
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