Heredalo

Impuesto de sucesiones en Navarra 2026

En Navarra, el cónyuge y los descendientes en línea recta no pagan nada por los primeros 250.000 euros heredados. El cónyuge tributa después al 0,80 % y los descendientes por una escala del 2 % al 16 %. No existen reducciones por parentesco ni coeficientes multiplicadores.

Calculando con la normativa vigente de Comunidad Foral de Navarra.¿Otra comunidad? Cámbiala aquí

Paso 01

¿Qué se hereda?

Por tipo de bien, no en un solo importe: la vivienda habitual y la empresa familiar tienen reducciones propias, y el ajuar doméstico no se calcula sobre todo el caudal.

El valor actual de la vivienda donde vivía la persona fallecida, no lo que costó. Tiene reducción propia en casi todas las comunidades.

Valor actual de segundas residencias, locales, garajes o terrenos.

Dinero en efectivo y saldos de cuentas a fecha de fallecimiento, más fondos y acciones.

Negocio, actividad profesional o participaciones. Tiene reducción propia.

Coche, mobiliario, joyas, obras de arte.

Lo que se resta

Hipoteca, préstamos, deudas con Hacienda o la Seguridad Social (art. 13 LISD).

Gastos de última enfermedad, entierro y funeral, con factura (art. 14 LISD).

Bienes introducidos
300.000,00 €
+ Ajuar doméstico (3 %)
6.000,00 €
Herencia a repartir
306.000,00 €
Paso 02

¿Quién hereda?

El impuesto es individual: cada persona paga por lo que recibe, no la herencia en conjunto. Por eso hace falta saber quiénes son y qué parte le toca a cada uno.

Más datos de esta persona

El seguro de vida no se reparte: lo cobra íntegro quien figure como beneficiario en la póliza, aunque tribute en este impuesto.

Reparto completo: 100 %

El resultado

Lo que pagaría cada heredero

Total a pagar entre todos

1.120,00 €

Un 0,37 % del caudal neto

Bienes
300.000,00 €
Ajuar doméstico3 % sobre 200.000,00 € de bienes de uso personal
+6.000,00 €
Caudal que se reparte
306.000,00 €

Heredero 1

Hijo o hija · Grupo II · 100 %

1.120,00 €

Recibe
306.000,00 €
Reducciones
0,00 €
Base liquidable
306.000,00 €

Alguno de los casos entra en un supuesto que no calculamos con garantías (territorio foral, discapacidad o empresa familiar). Conviene contrastarlo con un profesional antes de tomar decisiones.

Guardar este cálculo

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Cuando la ley cambie, esta cifra cambia

Las comunidades retocan reducciones y bonificaciones casi todos los años. Déjanos tu correo y te avisamos si cambia la normativa de Comunidad Foral de Navarra, con lo que cambia y desde cuándo.

Solo para esto; te das de baja en cualquier correo. Cómo tratamos tu dirección, en la política de privacidad.

El cálculo reparte cada tipo de bien en proporción al porcentaje de cada heredero. Si en la partición real un bien se adjudica entero a una persona, sus reducciones se concentran en ella y el resultado cambia. Puedes ver el detalle del método en cómo calculamos.

Otro sistema, no una variación del estatal

Navarra tiene Convenio Económico y legisla su propio impuesto de sucesiones. No es la ley estatal con retoques: es una normativa completa y distinta.

La diferencia más visible es que aquí no hay reducciones por parentesco ni coeficientes multiplicadores por patrimonio previo. Todo el trato diferenciado se concentra en el tipo de gravamen, y hay siete tarifas distintas según el vínculo exacto con quien fallece.

Eso hace que el cálculo sea más simple de explicar y más difícil de comparar con el resto de España, porque las piezas no se corresponden.

Los primeros 250.000 euros, a tipo cero

Para el cónyuge, la pareja estable y los descendientes en línea recta, los primeros 250.000 euros de base liquidable tributan al 0 %.

A partir de ahí, el cónyuge aplica un tipo único del 0,80 %. Los descendientes aplican una escala progresiva:

  • De 250.000 a 500.000 €: 2 %
  • De 500.000 a 1.000.000 €: 4 %
  • De 1.000.000 a 1.800.000 €: 8 %
  • De 1.800.000 a 3.000.000 €: 12 %
  • Más de 3.000.000 €: 16 %

La trampa de las tarifas no progresivas

Aquí está la particularidad que más caro sale por desconocimiento. Para los parientes por afinidad y para los colaterales, las tarifas navarras NO son progresivas.

La ley lo dice expresamente: el tipo que corresponda se aplica sobre la totalidad de la base liquidable, no tramo a tramo. Cruzar un umbral no encarece solo el exceso: encarece toda la herencia.

Un hermano con una base de 150.253 euros tributa al 17 %. Con un euro más, pasa al 20 % sobre el total. La diferencia entre ambos casos supera los 4.500 euros por ese euro.

Los primeros 7.813,16 euros tributan aparte, al 0,80 %.

El Fuero Nuevo y la libertad de testar

Navarra tiene derecho civil propio, el Fuero Nuevo, con una de las libertades de testar más amplias de Europa. La legítima navarra es puramente formal: basta con mencionar a los legitimarios, sin obligación de dejarles bienes.

Eso da un margen de planificación que no existe en derecho común, donde dos tercios de la herencia están reservados. Este cálculo cubre el impuesto, no el reparto civil.

Plazos: seis meses, con una prórroga que hay que pedir a tiempo

El impuesto se presenta en los seis meses siguientes al fallecimiento. El plazo cuenta desde el día del fallecimiento, no desde que se reparte la herencia ni desde que se acude al notario, así que empieza a correr mientras la familia todavía está resolviendo el duelo.

Existe una prórroga de otros seis meses, pero tiene truco: hay que solicitarla dentro de los cinco primeros meses. Pasado ese punto ya no se concede. Si no responden en un mes, se entiende concedida. La prórroga devenga intereses de demora desde que termina el plazo original, así que gana tiempo pero no sale gratis.

Presentar tarde tiene consecuencias distintas según quién dé el primer paso: si te adelantas tú, hay recargo por presentación extemporánea; si te reclama la Administración, hay sanción.

Dónde se presenta y qué comunidad manda

En las herencias, la comunidad competente es aquella donde la persona fallecida tuviera su residencia habitual, y aquí está uno de los errores más caros: no basta con dónde vivía el último día. La ley mira los cinco años anteriores al fallecimiento y se queda con el territorio donde haya permanecido más días.

Esto significa que mudarse a una comunidad con menos impuesto poco antes de fallecer no cambia nada, y también que una persona que se trasladó hace tres años puede seguir tributando donde vivía antes. Es un punto que conviene verificar antes de dar por hecho el resultado de cualquier calculadora, incluida esta.

La declaración se hace por autoliquidación en la administración tributaria autonómica. Cada heredero presenta la suya: el impuesto es individual, no de la herencia en conjunto.

Errores frecuentes que encarecen la factura

El más común es olvidar el ajuar doméstico, que se añade a la masa hereditaria y que la Administración calcula por defecto como un porcentaje del caudal. El segundo es no deducir gastos y deudas que sí son deducibles, como los gastos de entierro o las deudas pendientes de la persona fallecida.

El tercero, y el más caro de todos, es incumplir los requisitos de permanencia después de haber aplicado una reducción. Las reducciones por vivienda habitual y por empresa familiar obligan a mantener lo heredado durante varios años. Si se vende antes, hay que devolver lo ahorrado más intereses, y quien lo descubre suele hacerlo cuando ya es tarde.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga por heredar de tus padres en Navarra?

Nada por los primeros 250.000 euros. Por encima se aplica una escala del 2 % al 16 %. Por una herencia de 300.000 euros en dinero, un hijo paga 1.000 euros.

¿Por qué en Navarra no hay reducciones por parentesco?

Porque su sistema foral concentra todo el trato diferenciado en el tipo de gravamen, que depende del vínculo con quien fallece. No hay reducciones ni coeficientes multiplicadores.

¿Qué significa que la tarifa no sea progresiva?

Que para afines y colaterales el tipo que corresponda se aplica sobre toda la base liquidable de golpe, no solo sobre el exceso del tramo. Cruzar un umbral encarece la herencia entera.

Compara con otras comunidades

La misma herencia puede costar cantidades muy distintas según dónde tuviera su residencia habitual la persona fallecida. Consulta el cálculo en:

Heredalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 6 de agosto de 2026.