¿Cuánto se puede donar a un hijo sin pagar?
No hay un mínimo exento general: la donación tributa desde el primer euro. Lo que existe son reducciones y bonificaciones autonómicas que en varias comunidades dejan la factura casi a cero, siempre que se formalice en escritura pública, se justifique el origen del dinero y se presente en plazo.
El mito del mínimo exento
Circula la idea de que se puede donar cierta cantidad libre de impuestos. No es cierto en el ámbito estatal: el Impuesto sobre Donaciones grava desde el primer euro.
Lo que hay son beneficios autonómicos, y varían enormemente de un territorio a otro.
Qué comunidad se aplica
En donaciones de dinero, la de residencia habitual de quien recibe. En donaciones de inmuebles, la del lugar donde radica el inmueble.
Es distinto de las herencias, donde manda la residencia del fallecido.
Los requisitos habituales
Casi todas las bonificaciones exigen lo mismo:
- Escritura pública. Una transferencia sin documentar no accede al beneficio.
- Justificación del origen de los fondos.
- Presentación en plazo, normalmente treinta días hábiles.
- En reducciones finalistas, destino determinado: vivienda habitual, creación de empresa, etc.
Incumplir cualquiera de ellos hace perder el ahorro entero.
Las donaciones se acumulan
Las realizadas por el mismo donante al mismo donatario dentro de un periodo determinado se suman para calcular el tipo aplicable. Fraccionar en varios pagos no siempre reduce la factura.
Donar dinero no cuesta nada al donante
Al donar efectivo no hay ganancia patrimonial en el IRPF, porque el dinero no se revaloriza. Es la gran ventaja frente a donar un inmueble, donde el donante tributa por la plusvalía acumulada aunque no cobre nada.
Lo que pasa si no se declara
Las transferencias dejan rastro y Hacienda cruza datos. Si se detecta, se liquida el impuesto sin las bonificaciones, porque estas exigían escritura y plazo, más recargo o sanción e intereses.
Y el efectivo no es salida: un incremento patrimonial no justificado se imputa como ganancia en IRPF a tipos superiores.
Más detalle en donar dinero a un hijo y en la guía de donaciones.
Fuentes
- Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- Ley 22/2009, de cesión de tributos a las Comunidades Autónomas
Leandro Gonçalves: Fundador y CEO de Heredalo
Publicado el 6 de agosto de 2026 · Actualizado el 6 de agosto de 2026
Heredalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 6 de agosto de 2026.