Impuesto de donaciones en Bizkaia 2026Calculadora y simulador gratis, tablas y guía
En Bizkaia, las donaciones al cónyuge o pareja de hecho, a hijos, nietos y padres tributan al 1,5 % desde el primer euro, porque la reducción de 400.000 € solo existe para las herencias y otros títulos sucesorios. Hermanos, tíos y sobrinos pagan por una tarifa progresiva que arranca en el 5,70 %, y el resto por otra que arranca en el 7,60 %.
Este simulador del impuesto de donaciones en Bizkaia aplica la normativa vigente en 2026 y te da un cálculo orientativo de lo que paga quien recibe.
Calculando con la normativa de donaciones vigente de Bizkaia.¿Otra comunidad? Cámbiala aquí
¿Qué se dona y a quién?
Manda la comunidad donde vive quien recibe la donación. Si lo donado es un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble.
Dinero, o el valor del bien que se dona.
Más datos de quien recibe
Lo que pagaría quien recibe la donación
750,00 €
Un 1,5 % de lo donado
- Base liquidable
- 50.000,00 €
- Cuota íntegra
- 750,00 €
- Coeficiente
- ×1
En Bizkaia la reducción de 400.000 € de la familia directa es solo para herencias y para los pactos sucesorios que la norma trata como título sucesorio. En una donación el 1,5 % se aplica desde el primer euro.
Bizkaia deja sin tributar, hasta 30.000 € por persona, las donaciones de dinero a menores de 36 años para comprar su vivienda habitual, hechas por cónyuge o pareja, ascendientes, descendientes o colaterales hasta tercer grado. Marca «Es dinero para su primera vivienda habitual» para aplicarla. No aplica, en cambio, la reducción del 95 % (límite de 215.000 €) de la vivienda de convivencia ni el 95 % de la empresa familiar.
Quien dona también puede tener que pagar: en su IRPF tributa la ganancia si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió (con dinero no hay ganancia), y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal corre a cargo de quien recibe. Donar en vida o dejar en herencia: qué sale mejor.
Donaciones de padres a hijos en Bizkaia 2026: cuánto se paga
Un hijo de 35 años, sin patrimonio previo ni donaciones anteriores, que recibe dinero de su padre o madre en documento público. Es un cálculo orientativo con la normativa vigente; el de tu caso, con tus bienes y tu parentesco, lo da la calculadora de arriba.
| Importe | Impuesto a pagar | Sobre lo recibido |
|---|---|---|
| 20.000,00 € | 300,00 € | 1,5 % |
| 50.000,00 € | 750,00 € | 1,5 % |
| 100.000,00 € | 1.500,00 € | 1,5 % |
| 250.000,00 € | 3.750,00 € | 1,5 % |
| 500.000,00 € | 7.500,00 € | 1,5 % |
Tabla del impuesto de donaciones en Bizkaia 2026
Esta es la tarifa que el simulador de arriba aplica a la base liquidable, es decir, a lo que queda después de restar las reducciones. Sobre la cuota que resulta actúan después el coeficiente por patrimonio previo y las bonificaciones, así que la tabla por sí sola no dice lo que se paga: para eso está el cálculo orientativo de la calculadora.
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | En adelante | 0,00 € | 1,5 % |
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | 9.230,00 € | 0,00 € | 5,7 % |
| 9.230,00 € | 27.680,00 € | 526,11 € | 7,98 % |
| 27.680,00 € | 46.130,00 € | 1.998,42 € | 10,26 % |
| 46.130,00 € | 92.240,00 € | 3.891,39 € | 12,54 % |
| 92.240,00 € | 184.460,00 € | 9.673,58 € | 15,58 % |
| 184.460,00 € | 461.110,00 € | 24.041,46 € | 19,38 % |
| 461.110,00 € | 922.190,00 € | 77.656,23 € | 23,18 % |
| 922.190,00 € | 2.305.420,00 € | 184.534,57 € | 28,5 % |
| 2.305.420,00 € | En adelante | 578.755,12 € | 34,58 % |
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | 9.230,00 € | 0,00 € | 7,6 % |
| 9.230,00 € | 27.680,00 € | 701,48 € | 10,64 % |
| 27.680,00 € | 46.130,00 € | 2.664,56 € | 13,68 % |
| 46.130,00 € | 92.240,00 € | 5.188,52 € | 16,72 % |
| 92.240,00 € | 184.460,00 € | 12.898,11 € | 20,52 % |
| 184.460,00 € | 461.110,00 € | 31.821,66 € | 25,08 % |
| 461.110,00 € | 922.190,00 € | 101.205,48 € | 29,64 % |
| 922.190,00 € | 2.305.420,00 € | 237.869,59 € | 35,72 % |
| 2.305.420,00 € | En adelante | 731.959,34 € | 42,56 % |
Donar en Bizkaia: el 1,5 % sin red
La Norma Foral 4/2015 grava a la familia directa (cónyuge o pareja de hecho, ascendientes y descendientes) con un tipo único del 1,5 %, sin escala progresiva ni coeficientes por patrimonio previo. El tipo es el mismo para heredar y para donar.
Lo que cambia es la base: las reducciones por parentesco, incluida la de 400.000 € del Grupo I, están previstas para las adquisiciones por herencia o por cualquier otro título sucesorio. En una donación no se aplican, y el 1,5 % recae sobre todo lo donado.
El pacto sucesorio, la alternativa vasca a la donación
El derecho civil vasco permite transmitir bienes en vida mediante pacto sucesorio con eficacia de presente. Cuando la norma foral lo considera título sucesorio, tributa con las reglas de las herencias, reducción de 400.000 € incluida. Pero no siempre lo considera así: si el pacto se limita a atribuir un bien concreto, solo cuenta como título sucesorio cuando forma parte de una disposición más amplia con designación hereditaria, o cuando ese bien es todo el patrimonio de quien lo otorga. En otro caso tributa como donación. Se otorga ante notario y conviene valorarlo con un profesional.
Dentro de las donaciones, están exentas las de dinero a menores de 36 años para comprar su vivienda habitual, hasta 30.000 € por persona, y se reduce el 95 % la vivienda de convivencia (con un límite de 215.000 €) y la empresa familiar. La calculadora aplica la exención de los 30.000 € si marcas que el dinero es para su vivienda habitual; los otros dos beneficios, no.
Qué comunidad manda en una donación
No es la de quien dona. Si se dona dinero, acciones o cualquier bien mueble, es competente la comunidad donde tenga su residencia habitual quien recibe, mirando dónde ha pasado más días en los cinco años anteriores. Si se dona un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble, vivan donde vivan las dos partes.
Por eso una misma familia puede pagar cantidades muy distintas según a quién done y qué done: un piso en otra comunidad tributa allí, y el dinero donado a un hijo que vive fuera tributa donde vive el hijo.
El plazo y los otros impuestos de una donación
El impuesto de donaciones lo paga quien recibe, y se presenta en los treinta días hábiles siguientes a la donación. Es un plazo mucho más corto que el de una herencia y en varias comunidades presentar tarde hace perder la bonificación.
Quien dona también puede tener que pagar. Si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió, esa ganancia tributa en su IRPF aunque no haya cobrado nada; con dinero no hay ganancia. Y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal es un impuesto aparte del ayuntamiento, que en las donaciones paga quien recibe.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por donar dinero a un hijo en Bizkaia?
El 1,5 % de lo donado. Es un cálculo orientativo, que aplica la exención de 30.000 € para vivienda de menores de 36 años si marcas ese destino.
¿Se descuentan los 400.000 € en una donación?
No. Esa reducción es para las adquisiciones por herencia o por otro título sucesorio, como el pacto sucesorio. En las donaciones no hay reducción por parentesco.
¿Qué pagan los hermanos y sobrinos?
Tributan por la Tarifa I, progresiva, que va del 5,70 % al 34,58 %. Los colaterales de cuarto grado y las personas sin parentesco van por la Tarifa II, del 7,60 % al 42,56 %.
Dudas frecuentes sobre donar en Bizkaia
Lo que la gente pregunta después de ver la cifra. Cada respuesta cita la norma y se aplica igual en Bizkaia, salvo donde se indica lo contrario.
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Herédalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 21 de septiembre de 2026.