Impuesto de donaciones en Cantabria 2026Calculadora y simulador gratis, tablas y guía
En Cantabria, las donaciones entre los Grupos I y II (hijos y descendientes, cónyuge, padres y ascendientes) tienen una bonificación del 100 % de la cuota, así que no pagan impuesto. Hermanos, tíos, sobrinos y personas sin parentesco tributan por la escala general sin bonificación: el 50 % de los hermanos es solo para herencias.
Este simulador del impuesto de donaciones en Cantabria aplica la normativa vigente en 2026 y te da un cálculo orientativo de lo que paga quien recibe.
Calculando con la normativa de donaciones vigente de Cantabria.¿Otra comunidad? Cámbiala aquí
¿Qué se dona y a quién?
Manda la comunidad donde vive quien recibe la donación. Si lo donado es un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble.
Dinero, o el valor del bien que se dona.
Lo que esta misma persona ya le ha donado en los últimos 3 años. En Cantabria cuenta para el cálculo. Déjalo en blanco si no hay ninguna.
Más datos de quien recibe
Lo que pagaría quien recibe la donación
0,00 €
Un 0 % de lo donado
- Base liquidable
- 50.000,00 €
- Cuota íntegra
- 500,00 €
- Coeficiente
- ×1
- Bonificaciones
- −500,00 €
Bonificación del 100 % en donaciones entre Grupos I y II (art. 8.3).
Las donaciones de la misma persona en un plazo de tres años se suman para calcular el impuesto: indica lo ya recibido en «Donaciones anteriores» y el cálculo aplica el tipo medio de la suma. También se acumulan a la herencia si el donante fallece en los cuatro años siguientes. Aunque no haya cuota que pagar, la donación hay que declararla.
Quien dona también puede tener que pagar: en su IRPF tributa la ganancia si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió (con dinero no hay ganancia), y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal corre a cargo de quien recibe. Donar en vida o dejar en herencia: qué sale mejor.
Donaciones de padres a hijos en Cantabria 2026: cuánto se paga
Un hijo de 35 años, sin patrimonio previo ni donaciones anteriores, que recibe dinero de su padre o madre en documento público. Es un cálculo orientativo con la normativa vigente; el de tu caso, con tus bienes y tu parentesco, lo da la calculadora de arriba.
| Importe | Impuesto a pagar | Sobre lo recibido |
|---|---|---|
| 20.000,00 € | 0,00 € | 0 % |
| 50.000,00 € | 0,00 € | 0 % |
| 100.000,00 € | 0,00 € | 0 % |
| 250.000,00 € | 0,00 € | 0 % |
| 500.000,00 € | 0,00 € | 0 % |
Tabla del impuesto de donaciones en Cantabria 2026
Esta es la tarifa que el simulador de arriba aplica a la base liquidable, es decir, a lo que queda después de restar las reducciones. Sobre la cuota que resulta actúan después el coeficiente por patrimonio previo y las bonificaciones, así que la tabla por sí sola no dice lo que se paga: para eso está el cálculo orientativo de la calculadora.
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | 50.000,00 € | 0,00 € | 1 % |
| 50.000,00 € | 100.000,00 € | 500,00 € | 10 % |
| 100.000,00 € | 400.000,00 € | 5.500,00 € | 20 % |
| 400.000,00 € | En adelante | 65.500,00 € | 30 % |
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | 7.993,46 € | 0,00 € | 7,65 % |
| 7.993,46 € | 15.980,91 € | 611,50 € | 8,5 % |
| 15.980,91 € | 23.968,36 € | 1.290,43 € | 9,35 % |
| 23.968,36 € | 31.955,81 € | 2.037,26 € | 10,2 % |
| 31.955,81 € | 39.943,26 € | 2.851,98 € | 11,05 % |
| 39.943,26 € | 47.930,72 € | 3.734,59 € | 11,9 % |
| 47.930,72 € | 55.918,17 € | 4.685,10 € | 12,75 % |
| 55.918,17 € | 63.905,62 € | 5.703,50 € | 13,6 % |
| 63.905,62 € | 71.893,07 € | 6.789,79 € | 14,45 % |
| 71.893,07 € | 79.880,52 € | 7.943,98 € | 15,3 % |
| 79.880,52 € | 119.757,67 € | 9.166,06 € | 16,15 % |
| 119.757,67 € | 159.634,83 € | 15.606,22 € | 18,7 % |
| 159.634,83 € | 239.389,13 € | 23.063,25 € | 21,25 % |
| 239.389,13 € | 398.777,54 € | 40.011,04 € | 25,5 % |
| 398.777,54 € | 797.555,08 € | 80.655,08 € | 29,75 % |
| 797.555,08 € | En adelante | 199.291,40 € | 34 % |
Bonificación del 100 % para la familia directa
Cantabria tiene una escala propia para las donaciones a los Grupos I y II (del 1 % hasta 50.000 €, 10 % hasta 100.000 €, 20 % hasta 400.000 € y 30 % en adelante), pero en la práctica no llega a pagarse: el artículo 8.3 bonifica el 100 % de la cuota en las donaciones entre esos grupos.
Que la cuota sea cero no quita la obligación de declarar la donación, y conviene hacerlo: las donaciones de la misma persona en tres años se acumulan entre sí, y a la herencia si el donante fallece en los cuatro años siguientes.
Hermanos y sobrinos: aquí no hay 50 %
En las herencias, Cantabria bonifica el 50 % a los colaterales de segundo grado por consanguinidad. Esa bonificación está prevista solo para adquisiciones por causa de muerte. En una donación, un hermano tributa por la escala general de dieciséis tramos, del 7,65 % al 34 %, con el coeficiente multiplicador de su grupo.
Qué comunidad manda en una donación
No es la de quien dona. Si se dona dinero, acciones o cualquier bien mueble, es competente la comunidad donde tenga su residencia habitual quien recibe, mirando dónde ha pasado más días en los cinco años anteriores. Si se dona un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble, vivan donde vivan las dos partes.
Por eso una misma familia puede pagar cantidades muy distintas según a quién done y qué done: un piso en otra comunidad tributa allí, y el dinero donado a un hijo que vive fuera tributa donde vive el hijo.
El plazo y los otros impuestos de una donación
El impuesto de donaciones lo paga quien recibe, y se presenta en los treinta días hábiles siguientes a la donación. Es un plazo mucho más corto que el de una herencia y en varias comunidades presentar tarde hace perder la bonificación.
Quien dona también puede tener que pagar. Si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió, esa ganancia tributa en su IRPF aunque no haya cobrado nada; con dinero no hay ganancia. Y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal es un impuesto aparte del ayuntamiento, que en las donaciones paga quien recibe.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por donar a un hijo en Cantabria?
Nada: la bonificación del 100 % deja la cuota en cero. Es un cálculo orientativo, y la donación hay que declararla.
¿Y por donar a un hermano?
Tributa por la escala general y el coeficiente del Grupo III, sin bonificación. El 50 % de los hermanos es solo para herencias.
¿Se suman las donaciones que haga en varios años?
Sí. Las de un mismo donante a un mismo donatario dentro de tres años se consideran una sola transmisión para calcular el impuesto.
Dudas frecuentes sobre donar en Cantabria
Lo que la gente pregunta después de ver la cifra. Cada respuesta cita la norma y se aplica igual en Cantabria, salvo donde se indica lo contrario.
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Herédalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 21 de septiembre de 2026.