Impuesto de donaciones en Aragón 2026Calculadora y simulador gratis, tablas y guía
En Aragón, las donaciones al cónyuge y a los hijos tienen una reducción del 100 % de la base hasta 100.000 €, y desde 2024 el cónyuge, los ascendientes y los descendientes de 21 años o más bonifican el 99 % de la cuota si la base imponible no supera 500.000 €. Los descendientes menores de 21 años bonifican el 99 % sin ese límite.
Este simulador del impuesto de donaciones en Aragón aplica la normativa vigente en 2026 y te da un cálculo orientativo de lo que paga quien recibe.
Calculando con la normativa de donaciones vigente de Aragón.¿Otra comunidad? Cámbiala aquí
¿Qué se dona y a quién?
Manda la comunidad donde vive quien recibe la donación. Si lo donado es un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble.
Dinero, o el valor del bien que se dona.
Lo que ya ha recibido por donación, de cualquier persona, en los últimos 5 años. En Aragón cuenta para el cálculo. Déjalo en blanco si no hay ninguna.
Más datos de quien recibe
Lo que pagaría quien recibe la donación
0,00 €
Un 0 % de lo donado
- Base liquidable
- 0,00 €
- Cuota íntegra
- 0,00 €
- Coeficiente
- ×1
Reducciones aplicadas (50.000,00 €): Reducción del 100 % en donaciones a cónyuge e hijos, hasta 100.000 € (art. 132-2).
Requisitos que este cálculo da por cumplidos: Presentar la autoliquidación dentro del plazo voluntario; El límite de 100.000 € suma todas las reducciones por donaciones aplicadas en los cinco años anteriores; Los nietos solo la tienen si su progenitor, hijo del donante, ha fallecido antes.
En Aragón los límites miran hacia atrás: los 100.000 € de reducción suman las reducciones por donaciones de los cinco años anteriores, y los 500.000 € de la bonificación cuentan todo lo recibido por donación en ese mismo plazo, venga de quien venga. Indica ese importe en «Donaciones anteriores» y el cálculo lo tiene en cuenta. La autoliquidación tiene que presentarse en plazo.
Aragón reduce el 100 %, hasta 300.000 €, las donaciones a hijos de dinero o de un inmueble para su primera vivienda habitual en Aragón, si su patrimonio previo no pasa de 100.000 €. Marca «Es dinero para su primera vivienda habitual» para aplicarla. Esa reducción consume también el margen de la general de 100.000 €. Hay además reducciones del 99 % para empresa familiar y creación de empresas, que este cálculo no aplica.
Quien dona también puede tener que pagar: en su IRPF tributa la ganancia si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió (con dinero no hay ganancia), y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal corre a cargo de quien recibe. Donar en vida o dejar en herencia: qué sale mejor.
Donaciones de padres a hijos en Aragón 2026: cuánto se paga
Un hijo de 35 años, sin patrimonio previo ni donaciones anteriores, que recibe dinero de su padre o madre en documento público. Es un cálculo orientativo con la normativa vigente; el de tu caso, con tus bienes y tu parentesco, lo da la calculadora de arriba.
| Importe | Impuesto a pagar | Sobre lo recibido |
|---|---|---|
| 20.000,00 € | 0,00 € | 0 % |
| 50.000,00 € | 0,00 € | 0 % |
| 100.000,00 € | 0,00 € | 0 % |
| 250.000,00 € | 212,62 € | 0,09 % |
| 500.000,00 € | 810,19 € | 0,16 % |
Tabla del impuesto de donaciones en Aragón 2026
Esta es la tarifa que el simulador de arriba aplica a la base liquidable, es decir, a lo que queda después de restar las reducciones. Sobre la cuota que resulta actúan después el coeficiente por patrimonio previo y las bonificaciones, así que la tabla por sí sola no dice lo que se paga: para eso está el cálculo orientativo de la calculadora.
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | 7.993,46 € | 0,00 € | 7,65 % |
| 7.993,46 € | 15.980,91 € | 611,50 € | 8,5 % |
| 15.980,91 € | 23.968,36 € | 1.290,43 € | 9,35 % |
| 23.968,36 € | 31.955,81 € | 2.037,26 € | 10,2 % |
| 31.955,81 € | 39.943,26 € | 2.851,98 € | 11,05 % |
| 39.943,26 € | 47.930,72 € | 3.734,59 € | 11,9 % |
| 47.930,72 € | 55.918,17 € | 4.685,10 € | 12,75 % |
| 55.918,17 € | 63.905,62 € | 5.703,50 € | 13,6 % |
| 63.905,62 € | 71.893,07 € | 6.789,79 € | 14,45 % |
| 71.893,07 € | 79.880,52 € | 7.943,98 € | 15,3 % |
| 79.880,52 € | 119.757,67 € | 9.166,06 € | 16,15 % |
| 119.757,67 € | 159.634,83 € | 15.606,22 € | 18,7 % |
| 159.634,83 € | 239.389,13 € | 23.063,25 € | 21,25 % |
| 239.389,13 € | 398.777,54 € | 40.011,04 € | 25,5 % |
| 398.777,54 € | 797.555,08 € | 80.655,08 € | 29,75 % |
| 797.555,08 € | En adelante | 199.291,40 € | 34 % |
Reducción de 100.000 € y bonificación del 99 %
La reducción aragonesa es del 100 % de lo donado al cónyuge o a los hijos, con un tope de 100.000 € que suma todas las reducciones por donaciones aplicadas en los cinco años anteriores, vengan de uno o de varios donantes. Los nietos solo la tienen si su progenitor, hijo del donante, ha fallecido antes.
Sobre la cuota, la Ley 17/2023 dejó dos bonificaciones del 99 %: una para el Grupo I, los descendientes menores de 21 años, y otra para el Grupo II (cónyuge, ascendientes y descendientes de 21 o más) siempre que la base imponible sea igual o inferior a 500.000 €, contando lo recibido por donación en los cinco años anteriores.
Plazo, y lo que queda fuera
La reducción y la bonificación del Grupo I exigen presentar la autoliquidación dentro del plazo voluntario. Por encima de 500.000 € de base, el Grupo II pierde la bonificación entera, no solo por el exceso.
Hermanos, tíos, sobrinos y personas sin parentesco tributan por la tarifa y los coeficientes estatales, sin beneficio autonómico general. Existe además una reducción del 100 %, hasta 300.000 €, para donaciones a hijos destinadas a su primera vivienda habitual en Aragón, si su patrimonio previo no pasa de 100.000 €. La calculadora la aplica si marcas que el dinero es para su primera vivienda habitual.
Qué comunidad manda en una donación
No es la de quien dona. Si se dona dinero, acciones o cualquier bien mueble, es competente la comunidad donde tenga su residencia habitual quien recibe, mirando dónde ha pasado más días en los cinco años anteriores. Si se dona un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble, vivan donde vivan las dos partes.
Por eso una misma familia puede pagar cantidades muy distintas según a quién done y qué done: un piso en otra comunidad tributa allí, y el dinero donado a un hijo que vive fuera tributa donde vive el hijo.
El plazo y los otros impuestos de una donación
El impuesto de donaciones lo paga quien recibe, y se presenta en los treinta días hábiles siguientes a la donación. Es un plazo mucho más corto que el de una herencia y en varias comunidades presentar tarde hace perder la bonificación.
Quien dona también puede tener que pagar. Si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió, esa ganancia tributa en su IRPF aunque no haya cobrado nada; con dinero no hay ganancia. Y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal es un impuesto aparte del ayuntamiento, que en las donaciones paga quien recibe.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto puedo donar a un hijo en Aragón sin pagar?
Los primeros 100.000 € quedan cubiertos por la reducción, contando las reducciones por donaciones de los cinco años anteriores. Por encima, la cuota se bonifica al 99 % mientras la base imponible no pase de 500.000 €.
¿Qué pasa si la donación supera los 500.000 €?
El Grupo II deja de tener la bonificación del 99 % y tributa por la tarifa estatal sobre la base que quede tras la reducción.
¿Tienen algún beneficio los hermanos o sobrinos?
No con carácter general. Tributan por la normativa estatal, con el coeficiente multiplicador de su grupo.
Dudas frecuentes sobre donar en Aragón
Lo que la gente pregunta después de ver la cifra. Cada respuesta cita la norma y se aplica igual en Aragón, salvo donde se indica lo contrario.
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Herédalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 21 de septiembre de 2026.