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Impuesto de donaciones en Madrid 2026Calculadora y simulador gratis, tablas y guía

En la Comunidad de Madrid, las donaciones a hijos, cónyuge y padres tienen una bonificación del 99 % en la cuota, así que se paga alrededor del 1 % de lo que saldría sin ella. Hermanos, tíos y sobrinos bonifican el 50 %. Por encima de 10.000 € la donación tiene que formalizarse en documento público.

Este simulador del impuesto de donaciones en Madrid aplica la normativa vigente en 2026 y te da un cálculo orientativo de lo que paga quien recibe.

Calculando con la normativa de donaciones vigente de Comunidad de Madrid.¿Otra comunidad? Cámbiala aquí

Paso 01

¿Qué se dona y a quién?

Manda la comunidad donde vive quien recibe la donación. Si lo donado es un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble.

Dinero, o el valor del bien que se dona.

Lo que esta misma persona ya le ha donado en los últimos 3 años. En Madrid cuenta para el cálculo. Déjalo en blanco si no hay ninguna.

Más datos de quien recibe
El resultado

Lo que pagaría quien recibe la donación

Impuesto de donaciones, cálculo orientativo

49,44 €

Un 0,1 % de lo donado

En Madrid la bonificación exige documento público cuando se donan más de 10.000 € (contando lo donado por la misma persona en los tres años anteriores), y si es dinero hay que justificar y declarar en el documento de dónde sale. Sin eso, la bonificación se pierde.

Madrid reduce el 100 %, hasta 250.000 €, las donaciones de dinero a Grupos I y II y a hermanos que se destinen en un año a comprar la vivienda habitual (art. 22 bis). Marca «Es dinero para su primera vivienda habitual» para aplicarla. La misma reducción vale para acciones o participaciones de nueva creación y para un negocio propio, destinos que este cálculo no contempla, igual que las reducciones por empresa familiar.

Quien dona también puede tener que pagar: en su IRPF tributa la ganancia si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió (con dinero no hay ganancia), y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal corre a cargo de quien recibe. Donar en vida o dejar en herencia: qué sale mejor.

Donaciones de padres a hijos en Madrid 2026: cuánto se paga

Un hijo de 35 años, sin patrimonio previo ni donaciones anteriores, que recibe dinero de su padre o madre en documento público. Es un cálculo orientativo con la normativa vigente; el de tu caso, con tus bienes y tu parentesco, lo da la calculadora de arriba.

Donar de padres a hijos en Madrid
ImporteImpuesto a pagarSobre lo recibido
20.000,00 €16,63 €0,08 %
50.000,00 €49,44 €0,1 %
100.000,00 €124,07 €0,12 %
250.000,00 €426,81 €0,17 %
500.000,00 €1.107,06 €0,22 %

Tabla del impuesto de donaciones en Madrid 2026

Esta es la tarifa que el simulador de arriba aplica a la base liquidable, es decir, a lo que queda después de restar las reducciones. Sobre la cuota que resulta actúan después el coeficiente por patrimonio previo y las bonificaciones, así que la tabla por sí sola no dice lo que se paga: para eso está el cálculo orientativo de la calculadora.

Tarifa para todos los grupos de parentesco
Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0,00 €8.313,20 €0,00 €7,65 %
8.313,20 €16.001,35 €635,96 €8,5 %
16.001,35 €24.002,01 €1.289,45 €9,35 %
24.002,01 €32.002,70 €2.037,51 €10,2 %
32.002,70 €40.003,36 €2.853,58 €11,05 %
40.003,36 €48.004,04 €3.737,66 €11,9 %
48.004,04 €56.004,71 €4.689,74 €12,75 %
56.004,71 €64.005,39 €5.709,82 €13,6 %
64.005,39 €72.006,05 €6.797,92 €14,45 %
72.006,05 €80.006,73 €7.954,01 €15,3 %
80.006,73 €119.947,58 €9.178,12 €16,15 %
119.947,58 €159.888,45 €15.628,56 €18,7 %
159.888,45 €239.770,16 €23.097,51 €21,25 %
239.770,16 €399.408,59 €40.072,37 €25,5 %
399.408,59 €798.817,20 €80.780,17 €29,75 %
798.817,20 €En adelante199.604,23 €34 %

Cuánto se paga por donar en Madrid

Madrid aplica a las donaciones la misma tarifa y los mismos coeficientes que a las herencias, y después bonifica la cuota: el 99 % para los Grupos I y II (descendientes, cónyuge y ascendientes) y el 50 % para el Grupo III (hermanos, tíos y sobrinos), este último desde el 1 de julio de 2025.

Las donaciones pequeñas tienen regla propia: si la base imponible no supera 1.000 €, la bonificación es del 100 % y ni siquiera hay que presentar autoliquidación, salvo que lo donado deba inscribirse en un registro público. Para ese límite se suman todas las donaciones de la misma persona en los tres años anteriores.

El documento público, el requisito que más bonificaciones cuesta

Cuando lo donado supera 10.000 € (contando también los tres años anteriores), la bonificación solo se aplica si la donación se formaliza en documento público. Elevar a público un documento privado fuera del plazo voluntario de declaración no sirve.

Si lo donado es dinero, además hay que justificar el origen de los fondos y manifestarlo en el propio documento. Una transferencia sin escritura entre padres e hijos es el caso típico en que la bonificación del 99 % se pierde.

Qué comunidad manda en una donación

No es la de quien dona. Si se dona dinero, acciones o cualquier bien mueble, es competente la comunidad donde tenga su residencia habitual quien recibe, mirando dónde ha pasado más días en los cinco años anteriores. Si se dona un inmueble, manda la comunidad donde está el inmueble, vivan donde vivan las dos partes.

Por eso una misma familia puede pagar cantidades muy distintas según a quién done y qué done: un piso en otra comunidad tributa allí, y el dinero donado a un hijo que vive fuera tributa donde vive el hijo.

El plazo y los otros impuestos de una donación

El impuesto de donaciones lo paga quien recibe, y se presenta en los treinta días hábiles siguientes a la donación. Es un plazo mucho más corto que el de una herencia y en varias comunidades presentar tarde hace perder la bonificación.

Quien dona también puede tener que pagar. Si lo donado vale hoy más que cuando lo adquirió, esa ganancia tributa en su IRPF aunque no haya cobrado nada; con dinero no hay ganancia. Y si es un inmueble urbano, la plusvalía municipal es un impuesto aparte del ayuntamiento, que en las donaciones paga quien recibe.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puedo donar a un hijo en Madrid sin pagar?

No hay un mínimo exento general. Hasta 1.000 € de base imponible la bonificación es del 100 %. Por encima, las donaciones a hijos bonifican el 99 % de la cuota si se cumplen los requisitos de documento público y justificación de fondos, por lo que se paga aproximadamente el 1 % de la cuota.

¿Hace falta ir al notario para donar dinero en Madrid?

Para aplicar la bonificación, sí cuando la base imponible supera 10.000 €, sumando lo donado por la misma persona en los tres años anteriores. En el documento hay que manifestar de dónde salen los fondos.

¿Hay alguna reducción para ayudar a un hijo a comprar casa?

Sí: una reducción del 100 %, con un máximo de 250.000 €, para donaciones de dinero a Grupos I y II y a hermanos que se destinen en un año a la vivienda habitual, a acciones o participaciones de nueva creación o a un negocio propio. La calculadora la aplica para el destino de vivienda habitual cuando lo marcas; los otros dos destinos no los contempla.

Dudas frecuentes sobre donar en Madrid

Lo que la gente pregunta después de ver la cifra. Cada respuesta cita la norma y se aplica igual en Madrid, salvo donde se indica lo contrario.

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Herédalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 21 de septiembre de 2026.