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testamento3 min de lecturaActualizado el 6 de agosto de 2026

Testamento con hijos de dos matrimonios

Es uno de los escenarios que más consultas genera y donde peor funciona no hacer testamento. Hay hijos de una relación anterior, hay una pareja actual, y a veces hijos comunes. La ley, si no dices nada, reparte de una forma que rara vez es la que quieres.

El punto de partida: todos los hijos son iguales

En derecho español no hay distinción entre hijos de un matrimonio y de otro, ni entre matrimoniales y no matrimoniales. Todos son herederos forzosos en el mismo grado y la legítima estricta se reparte entre ellos por partes iguales.

No se puede dejar fuera a un hijo del primer matrimonio porque haya poco trato. Eso solo cabe por desheredación, que exige una de las causas tasadas en la ley y probarla.

Qué margen real tienes

De la herencia:

A eso se suma el usufructo del tercio de mejora que corresponde al cónyuge viudo.

Los tres problemas típicos

La vivienda familiar

La casa donde vive la pareja actual suele ser el bien principal, y los hijos del primer matrimonio son propietarios de parte de ella. Sin previsión, la viuda o el viudo puede verse presionado a vender.

Soluciones habituales: legar el usufructo vitalicio de la vivienda con cargo al tercio de libre disposición, o dejar la vivienda al cónyuge y compensar a los hijos con otros bienes o con dinero.

La pareja no casada

Si no hay matrimonio, la pareja no tiene ningún derecho sucesorio en derecho común. Ni usufructo viudal, ni sucesión intestada. Solo recibe lo que el testamento le deje, y como máximo el tercio de libre disposición.

Es la situación más frágil de todas y la que más urge resolver por escrito.

Los hijos comunes frente a los anteriores

Si hay hijos de ambas relaciones, la legítima estricta se divide entre todos por igual. La herramienta para ajustar es la mejora, y conviene usarla explicando el porqué: un reparto desigual documentado genera menos conflicto que uno inexplicado.

Lo que sí puedes hacer

Y el impuesto

Cada heredero tributa por su parte, y todos los hijos están en el Grupo I o II con las mismas reducciones. La pareja no casada, en cambio, puede quedar en el Grupo IV y pagar mucho más, salvo que esté inscrita como pareja de hecho en una comunidad que la equipare al cónyuge.

Comprueba tu caso en la calculadora por comunidad: en familias reconstituidas la diferencia entre estar inscritos o no puede ser de miles de euros.

Este artículo forma parte de la guía Hacer testamento: la guía completa.

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Fuentes

Mónica Ramos: Directora de contenido de Heredalo

Publicado el 6 de agosto de 2026 · Actualizado el 6 de agosto de 2026

Heredalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 6 de agosto de 2026.