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impuesto sucesiones3 min de lecturaActualizado el 6 de agosto de 2026

Impuesto de sucesiones en Andalucía: quién no paga nada

Andalucía es, para la familia directa, la comunidad donde menos se paga por heredar en España. Y lo consigue con un mecanismo distinto al de Madrid.

Dos beneficios que se suman

Mientras Madrid apuesta casi todo a la bonificación final, Andalucía combina dos cosas:

  1. Una reducción por parentesco de 1.000.000 € por heredero para los Grupos I y II.
  2. Una bonificación del 99 % sobre la cuota que quede.

El primero se lleva por delante la mayoría de herencias antes de que la tarifa llegue siquiera a aplicarse. Una herencia de 300.000 € para un hijo tributa cero: la reducción la absorbe entera.

Para que haya algo que pagar hace falta superar el millón por heredero, y aun entonces la bonificación deja la factura en una fracción. Con 1.500.000 € heredados por un hijo:

Base liquidable 500.000 € → cuota íntegra 99.620 € → bonificación 99 % → a pagar 996,20 €

El millón es por heredero, no por herencia

Es el punto que más se malinterpreta. Cada hijo, cónyuge o ascendiente aplica su propia reducción de un millón sobre la parte que le corresponde.

Una herencia de 2.400.000 € repartida entre tres hijos deja a cada uno con 800.000 €, por debajo del umbral. Resultado: ninguno paga nada. La misma cantidad para un heredero único sí tributaría por el exceso.

La particularidad que casi nadie explica

Andalucía es la excepción del sistema español en un punto: su coeficiente multiplicador depende solo del parentesco, no del patrimonio previo del heredero.

GrupoCoeficiente
I y II1,0
III1,5
IV1,9

En el resto de comunidades de régimen común, un heredero con patrimonio propio elevado ve su cuota multiplicada hasta por 2,4. Aquí no. Eso convierte a Andalucía en un territorio especialmente favorable para herederos que ya tienen patrimonio, un perfil que en otras comunidades sale muy castigado.

Como efecto colateral, tampoco existe el problema del error de salto: no hay tramos que cruzar, así que no hay saltos que corregir.

Dónde sí duele

El contraste entre familia directa y el resto es de los más marcados de España.

El Grupo III: hermanos, tíos y sobrinos: tiene una reducción de solo 10.000 € y no accede a la bonificación del 99 %. Con una herencia de 300.000 €, la factura ronda los 77.100 €.

Aquí ocurre algo llamativo: para un hermano, Andalucía sale más cara que Madrid, donde el 50 % de bonificación deja esa misma herencia en unos 42.400 €. El ranking entre comunidades se invierte por completo según quién herede.

El Grupo IV no tiene reducción ni bonificación, y multiplica por 1,9.

Una tarifa propia y bien hecha

Andalucía rehízo su escala en 2021: once tramos del 7 % al 26 %, frente al 7,65 %-34 % estatal. Para herencias grandes la diferencia se nota incluso antes de aplicar reducciones.

Un detalle técnico que habla bien de esa reforma: es la única de las escalas que hemos transcrito cuya columna de cuota acumulada es internamente coherente. Las tablas estatal, madrileña y valenciana arrastran descuadres de un euro heredados de la conversión de pesetas a euros.

Sigue habiendo que declarar

Cero euros a pagar no significa cero trámites. La autoliquidación se presenta igualmente en los seis meses siguientes al fallecimiento.

Comprueba tu caso concreto en la calculadora del impuesto de sucesiones en Andalucía.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga por heredar en Andalucía?

Los hijos, el cónyuge y los padres descuentan 1.000.000 € por heredero y después bonifican el 99 % de la cuota. En la mayoría de herencias familiares el resultado es cero euros.

¿El millón de Andalucía es por herencia o por heredero?

Por heredero. Una herencia de tres millones repartida entre tres hijos deja a cada uno con un millón, dentro del umbral, y por tanto sin impuesto que pagar.

¿Afecta en Andalucía el patrimonio que ya tenga el heredero?

No. Es la única comunidad de régimen común donde el coeficiente multiplicador depende solo del parentesco. Tener patrimonio propio elevado no encarece la herencia.

Este artículo forma parte de la guía Impuesto de sucesiones en España 2026: la guía completa.

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Fuentes

Mónica Ramos: Directora de contenido de Heredalo

Publicado el 6 de agosto de 2026 · Actualizado el 6 de agosto de 2026

Heredalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 6 de agosto de 2026.