Cómo se calcula el impuesto de sucesiones, paso a paso
El cálculo del impuesto de sucesiones tiene seis etapas, y el orden importa tanto como los números: un mismo beneficio fiscal vale muy distinto según en qué etapa actúe.
Vamos a seguirlas con un ejemplo concreto: un hijo mayor de edad que hereda 300.000 € en dinero en la Comunidad de Madrid, sin patrimonio previo.
1. De lo heredado a la base imponible
Se parte del valor de lo que recibe el heredero. A eso se le suman dos cosas que se olvidan con frecuencia: los seguros de vida cuyo beneficiario sea el heredero, y el ajuar doméstico, que la ley valora por defecto en el 3 % del caudal.
Y se restan las deudas, cargas y gastos deducibles: deudas pendientes del fallecido, gastos de entierro y funeral dentro de lo razonable, y gastos de última enfermedad.
En nuestro ejemplo, para simplificar, la base imponible es de 300.000 €.
2. Las reducciones
Se descuentan de la base imponible las reducciones aplicables. La primera y más universal es la de parentesco: en Madrid, 16.000 € para el Grupo II.
Base imponible 300.000 € − 16.000 € = base liquidable 284.000 €
Si hubiera vivienda habitual, empresa familiar, discapacidad o seguros de vida, se restarían también, cada una con su porcentaje y su tope.
Un detalle importante: las reducciones no pueden dejar la base en negativo. Si la reducción es mayor que la base, simplemente la deja en cero.
3. La tarifa progresiva
Aquí es donde más gente se equivoca. La tarifa no aplica un tipo único a toda la herencia: divide la base liquidable en tramos y cada tramo tributa a su propio tipo.
La tabla oficial da, para cada tramo, la cuota acumulada hasta ese punto y el tipo que se aplica al exceso. Para 284.000 € en Madrid, el tramo aplicable arranca en 239.770,16 € con una cuota acumulada de 40.072,37 € y un tipo del 25,50 % sobre el exceso:
40.072,37 € + (284.000 − 239.770,16) × 25,50 % = cuota íntegra 51.350,98 €
Un matiz técnico que casi ninguna calculadora respeta: hay que usar la columna de cuota acumulada que publica la tabla oficial, no reconstruirla sumando tipos marginales. Las escalas oficiales arrastran descuadres de un euro procedentes de la conversión de pesetas, y las liquidaciones reales usan la tabla publicada.
4. El coeficiente multiplicador
La cuota íntegra se multiplica por un coeficiente que depende del grupo de parentesco y del patrimonio previo del heredero. Para un hijo sin patrimonio previo es 1,0000, así que en nuestro ejemplo no cambia nada.
Para un hermano sería 1,5882, y para una persona sin parentesco con patrimonio alto puede llegar a 2,4000. Es decir: el mismo cálculo puede multiplicarse por más de dos solo por el parentesco.
Existe una regla de protección poco conocida: si al cruzar un umbral de patrimonio la cuota subiera más de lo que sube el patrimonio, el exceso se descuenta. Sin ella, un euro más de patrimonio previo podría costar miles.
5. Las bonificaciones en cuota
El último paso y el más decisivo. Madrid bonifica el 99 % de la cuota a los Grupos I y II:
51.350,98 € − 99 % = a pagar 513,51 €
Fíjate en la magnitud del efecto: la reducción de parentesco de 16.000 € ahorró unos 4.000 € de cuota; la bonificación se llevó 50.837 €. Por eso una comunidad con reducciones modestas y bonificación alta sale más barata que una con reducciones generosas y sin bonificación.
6. La cuota a ingresar
513,51 € sobre una herencia de 300.000 €. Un tipo efectivo del 0,17 %.
Ese mismo caso, aplicando solo la normativa estatal, daría algo más de 51.000 €. Toda la diferencia está en el último paso.
Comprueba tu caso
Puedes seguir estas seis etapas con tus propios números en la calculadora por comunidad, que muestra el desglose completo y la norma de la que sale cada cifra.
Preguntas frecuentes
¿Se aplica el tipo máximo a toda la herencia?
No. La tarifa es progresiva por tramos: cada porción de la base liquidable tributa a su propio tipo. Que una herencia entre en el tramo del 34 % no significa que pague el 34 % del total.
¿Qué es la base liquidable en el impuesto de sucesiones?
Es lo que queda de la base imponible después de restar todas las reducciones aplicables. Es la cifra sobre la que se aplica la tarifa, y por tanto la que determina la cuota íntegra.
¿Por qué mi cálculo no coincide con el de otra calculadora?
Las diferencias más habituales vienen de tres puntos: no aplicar el coeficiente multiplicador, ignorar la corrección del error de salto, o usar tipos marginales en vez de la columna de cuota acumulada que publica la tabla oficial.
Este artículo forma parte de la guía Impuesto de sucesiones en España 2026: la guía completa.
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Fuentes
Leandro Gonçalves: Fundador y CEO de Heredalo
Publicado el 6 de agosto de 2026 · Actualizado el 6 de agosto de 2026
Heredalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 6 de agosto de 2026.