Herédalo
sucesion intestada3 min de lecturaActualizado el 8 de octubre de 2026

Herencia sin herederos: hereda el Estado

Cuando alguien fallece sin testamento y sin ningún pariente dentro del cuarto grado, la herencia no queda sin dueño: pasa a la Administración. Es el último escalón del orden sucesorio.

Hasta dónde llega el parentesco

El Código Civil corta el llamamiento en el cuarto grado colateral, que es el grado de los primos hermanos. Un primo segundo ya no hereda.

Contar grados en línea colateral se hace subiendo hasta el ascendiente común y bajando de nuevo: un hermano es segundo grado, un sobrino o un tío tercero, un primo hermano cuarto.

Quién hereda entonces

Depende del territorio. La regla general del Código Civil atribuye la herencia al Estado, pero varias comunidades autónomas han asumido esa sucesión en su normativa propia, de modo que heredan ellas:

En las demás comunidades, y en Ceuta y Melilla, hereda la Administración General del Estado.

El procedimiento

No es automático. Se sigue un procedimiento administrativo que incluye:

Si durante el procedimiento aparece un pariente dentro del cuarto grado que acredita su derecho, este prevalece.

Cuánto tarda y cómo se entera la Administración

En el caso del Estado, el procedimiento lo tramita la Delegación de Economía y Hacienda de la provincia donde el fallecido tuvo su último domicilio. Empieza de oficio o por denuncia: un banco con una cuenta sin movimientos, una residencia, un ayuntamiento o un vecino. Se publica en el BOE y en el tablón del ayuntamiento del último domicilio para que comparezcan posibles parientes, y es habitual que dure más de un año, a veces varios, porque hay que investigar, inventariar y vender.

El premio a quien denuncia una herencia vacante

La Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas reconoce un derecho a quien denuncia: el 10 % del caudal líquido que corresponda a los bienes denunciados, siempre que la denuncia sea la que origina el procedimiento. Es el incentivo con el que la Administración consigue enterarse de herencias que, de otro modo, quedarían en cuentas y pisos sin dueño durante décadas.

A qué se destinan los bienes

El Código Civil ordena un destino finalista: los bienes o su producto se reparten en partes destinadas a instituciones de beneficencia, instrucción, acción social o profesionales, tanto municipales y provinciales del domicilio del fallecido como de ámbito estatal, además de una parte a la Caja de Amortización de la Deuda Pública. Las comunidades que han asumido la sucesión establecen destinos análogos en su normativa.

Se hereda con las deudas

Importante: el Estado acepta siempre a beneficio de inventario. Responde de las deudas solo hasta donde alcancen los bienes. Si la herencia es negativa, los acreedores cobran lo que haya y no más.

Lo que la Administración no paga

Al Estado y a las comunidades no se les aplica el impuesto de sucesiones, que solo grava a las personas físicas. Sí responden de las deudas del fallecido, pero, como se explica arriba, solo con los bienes heredados.

Cómo evitarlo si no tienes familia

Si no tienes parientes cercanos y no quieres que tu patrimonio acabe por esta vía, el testamento resuelve todo: sin legitimarios, puedes disponer libremente del cien por cien.

Las opciones que suele usar la gente en esta situación:

Y conviene nombrar albacea, alguien que se ocupe de ejecutar la voluntad cuando no hay familia que empuje el trámite.

Si crees que te corresponde una herencia vacante

Si eres pariente dentro del cuarto grado de alguien fallecido sin testamento, puedes instar la declaración de herederos y acreditar tu parentesco. Ten presente el plazo de prescripción de la acción para reclamar la herencia y, en paralelo, la prescripción del propio impuesto.

¿Y en tu caso? La calculadora del impuesto de sucesiones te dice lo que se paga por heredar en tu comunidad autónoma, con la normativa vigente y su fuente oficial.

Preguntas frecuentes

¿Quién hereda si no hay herederos?

El Estado o, en Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia y Baleares, la comunidad autónoma. Solo ocurre si no hay testamento y no existe ningún pariente hasta el cuarto grado (primos hermanos incluidos) ni cónyuge.

¿Hereda la pareja de hecho si no hay testamento?

En derecho común, no: la pareja no casada no está en el orden de sucesión del Código Civil, así que sin testamento no recibe nada, aunque convivieran décadas. Algunos derechos forales le reconocen derechos; en el resto de España solo el testamento la protege.

¿Qué gana quien denuncia una herencia sin herederos?

La ley reconoce al denunciante el 10 % del caudal líquido que la Administración reciba por los bienes que denunció, si su denuncia es la que da origen al procedimiento.

Este artículo forma parte de la guía Herencia sin testamento: la guía completa.

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Fuentes

Leandro Gonçalves: Fundador y CEO de Herédalo

Publicado el 6 de agosto de 2026 · Actualizado el 8 de octubre de 2026

Herédalo ofrece información y cálculos orientativos basados en la normativa vigente. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Para tu caso concreto, consulta con notario, abogado o asesor fiscal. Última actualización normativa: 21 de septiembre de 2026.